Tras haber sido exculpado de delito alguno fue citado de nuevo por si pudiera constituir una falta de "usurpación de funciones". El juicio se celebró el 18 de abril de 1979. El curandero, al haber sido requerido a manifestar la composición del preparado que suministraba a los enfermos, respondió que para mayor espontaneidad de lo que se le pedía, la muestra fuese recogida por el médico forense, sin previo aviso, cualquier día y en su domicilio. El día 22 de junio de 1979 un forense acompañado por la autoridad competente (juez y policía) se personaron en la casa de Rafael recogiendo varios centímetros cúbicos del agua en tubos de ensayo asépticos, que debidamente cerrados, fueron custodiados por el Juzgado.

Las muestras fueron enviadas al Instituto de Toxicología sonde se le realizó un análisis general "no localizándose en ellas ningún tóxico de naturaleza ácida, básica o neutra". Tras ello en la sentencia de noviembre de 1979 Rafael Morán únicamente hubo de pagar una pequeña multa de 10.000 pesetas. Lejos de perder seguidores el número aumentó durante cuatro décadas y aún hoy queda mucha gente que se siente "muy agradecida" al curandero natural de Trabazos de Aliste.