La Junta Electoral Central ratificó anteayer los dos votos de residentes en el extranjero que dan el Gobierno del municipio de Galende al PP y, con ello, la continuidad en la Alcaldía de Jesús Villasante.

La Junta desestimó los tres recursos interpuestos por el PSOE, el PP y la Agrupación Popular Independiente de Cobreros contra el escrutinio General de la Junta Electoral de Puebla de Sanabria en las mesas de Galende y Cobreros, presentados respectivamente.

El Partido Socialista recurrirá al Contencioso Electoral por el resultado en Galende, al igual que el Partido Popular y APIC anunciaron la interposición del Contencioso por el escrutinio de Cobreros, vía legal recogida en el artículo 109 y siguientes de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General. Los representantes de las tres formaciones se esperaban ya que la Junta Electoral Central ratificara el resultado de la Junta Electoral de Zona, quien les notificó a lo largo de la mañana de ayer la resolución de la Instancia Electoral Superior contra la que no cabe recurso, salvo el contencioso. Los recursos que se interpondrán el lunes, retrasarán la constitución de los dos ayuntamientos sanabreses y por tanto la constitución de la Diputación Provincial.

La Junta Electoral Central ratificó desestimar el recurso de anulación y repetición de las elecciones interpuesto por el Partido Socialista contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Puebla de Sanabria, resolutorio de reclamaciones contra el escrutinio de la Mesa Electoral B de El Puente de Sanabria, del municipio de Galende.

La pretensión del recurso del PSOE era anular el acto de escrutinio general y declarar la nulidad de dos votos correspondientes al PP emitidos por residentes temporales en el exterior que constan en el expediente y sin rubricar por los miembros de la mesa, validados por la Junta Electoral Local. El segundo aspecto del recurso era declarar la validez de tres votos correspondientes al PSOE declarados nulos, sin que conste protesta por parte del recurrente en el acta de la sesión de mesa. No constan esos tres votos desaparecidos en el expediente que se remitió de la Junta Electoral de Zona, lo que impide que se puedan revisar esos tres votos, como subraya la Junta Central.

El artículo 97.3 de la LOREG «establece que las papeletas extraídas de las urnas se destruirán en presencia de los concurrentes con excepción de aquellas a las que se hubiera negado validez o que hubieran sido objeto de alguna reclamación, las cuales se unirán al acta y se archivarán con ellas, una vez rubricadas por los miembros de la mesa».

La Junta Electoral Central fundamenta que «cabe constatar, en consecuencia, que se ha producido una irregularidad , tanto por la falta de rúbrica en los dos votos declarados nulos del PP, como por la inexistencia en el expediente de los tres votos declarados nulos del PSOE». La JEC alega que la Junta Electoral de Zona en su informe apunta que «no constar protesta o reclamación de algún interventor del PSOE es un indicio a favor de la presunción de la actuación correcta de la mesa». Una presunción que unida a la inexistencia de alegación del PSOE lleva a la JEC a no poder estimar «una solicitud tan grave como la que pretende el recurrente, la de declarar nulos todos los votos emitidos en la mesa».

El tercer punto que resuelve es el de los dos votos del PP emitidos por ciudadanos residentes temporalmente en el extranjero, validados por la Junta Electoral de Zona «cabe concluir que ambas papeletas se ajustan al modelo oficial publicado en el BOE de 29 de marzo». En cuanto a la tachadura de uno de los votos en el nombre de la circunscripción y seguido del nombre del municipio Galende en el espacio reservado «puede entenderse razonablemente que en un procedimiento en que se obliga al electoral a escribir de propia mano el nombre de la formación política a la que se vota y el nombre del municipio pueda aparecer alguna tachadura que no invalida el voto si no impide interpretar inequívocamente a la voluntad del elector». En el caso del recurso de PP y APIC en Cobreros para anular 24 papeletas a la formación Sanabria Verde, que no se ajustan al modelo oficial, prevalece la intención inequívoca del voto.