El Grupo Municipal del Partido Popular (GMPP) en el Ayuntamiento de Benavente ha presentado una enmienda a la modificación de la ordenanza fiscal que regula el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), con cuatro modificaciones al texto dictaminado en la reciente Comisión de Hacienda. La enmienda se ha elevado al Pleno que se celebrará mañana viernes.

El PP propone añadir al artículo sexto de la ordenanza una bonificación del 50% de la cuota del impuesto incrementada por el coeficiente recogido en el artículo 4º de la presente ordenanza, para vehículos eléctrico y/o de emisiones nulas, entendiendo por híbridos aquellos que utilizan como energía motriz la combinación de un motor eléctrico y otro de explosión.

En segundo lugar propone modificar el artículo 6.3 de la ordenanza sobre la bonificación establecida para los vehículos automóviles en la calle de de turismo o asimilados cuyas emisiones oficiales de dióxido de carbono no superen la tasa de 95 g/km, estableciendo una bonificación del 25% para este tipo de vehículos desde su primera matriculación y sin límite de tiempo. 

La enmienda plantea también modificar el apartado cuarto del artículo sexto contemplando el hecho de que si Ayuntamiento tuviera constancia cierta de que un determinado vehículo cumple el requisito requerido tanto para los vehículos eléctricos, híbridos o la establecida para emisiones que no superen la tasa de 95 g/km., concederá de oficio la bonificación, comunicándolo al usuario para que tenga conocimiento de la aplicación automática de la misma. 

Por último propone la modificación de las exenciones del artículo quinto en su apartado E, relativa a la bonificación del 100% del IVTM recogida para vehículos turismos o equiparados que tengan una antigüedad mínima de 25 años y en el sentido de que si el Ayuntamiento tuviera constancia cierta de que un determinado vehículo cumple el requisito requerido (comprobada la información remitida por la Dirección General de Tráfico al Ayuntamiento, se verificará que, a la fecha del devengo del impuesto, concurre el requisito de antigüedad), conceda de oficio la bonificación, comunicándolo al usuario para que tenga conocimiento de la aplicación automática de la misma".