M.A.C.

El incumplimiento de las normas establecidas por la ordenanza reguladora de espectáculos e instalaciones en espacios públicos es objeto de sanciones tipificadas como leves, graves o muy graves. Las sanciones a aplicar se concretan en: hasta 100 euros las consideradas como leves, hasta un máximo de 600 euros las consideradas graves y hasta un máximo de 6.000 euros las tipificadas como muy graves.

Unas sanciones que serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como con la indemnización por los daños y perjuicios causados. Por ello, se exigirá el seguro de responsabilidad civil general con el fin de extender su cobertura a posibles riesgos que pudieran derivarse de la organización del espectáculo o actividad autorizada en el marco de la ordenanza municipal.