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El TSJ valida la extinción del contrato al extrabajador de la OMIC

"El Ayuntamiento, lo que ha hecho, es cumplir con el convenio colectivo", señala la resolución

La Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso del extrabajador de la OMIC que reclamaba la nulidad o la improcedencia del despido tras finalizar el periodo de excedencia de la persona titular de la plaza, a la que sustituía. El Alto Tribunal de la región refrenda íntegramente la sentencia del Juzgado de los Social de Zamora y comparte todos sus razonamientos.

Los magistrados consideran que "el Ayuntamiento lo que ha hecho es cumplir con el Convenio Colectivo del Personal Laboral vigente a la fecha en la que se concedió la excedencia y que permitía que esta pudiera prorrogarse hasta diez años".

También rechazan pronunciarse sobre un nuevo motivo expuesto en el recurso acerca de la supuestamente abusiva concesión de prórrogas de excedencia a la trabajadora titular, un asunto ajeno al procedimiento. Contra esta sentencia cabe plantear recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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