El 30 de septiembre de 2013 el Ayuntamiento benaventano formalizó una operación de crédito a largo plazo para la financiación de inversiones, por importe de 2.150.000 euros. Esta operación fue fruto de la inversión imprevista necesaria para hacer frente a la reparación por el derrumbe de Los Cuestos de la Mota junto a otras inversiones y requirió autorización del órgano de tutela financiera de la Junta de Castilla y León.

Cuando el Consejo de Cuentas fiscalizó la operación observó que en los cálculos del informe de Intervención se incluían ajustes inadecuados que dieron como resultado que el Ayuntamiento presentara un ahorro positivo de 471,56 euros cuando en realidad el ahorro neto presentaba una cifra negativa de 492.269,55 euros. Al presentar un ahorro positivo se abrían las puertas para formalizar el crédito.

¿Maquilló el Ayuntamiento las cuentas para pedir este préstamo? El Consejo de Cuentas entiende que el cálculo del ahorro neto no fue el correcto y no cabía la interpretación realizada por el servicio técnico.

En primer lugar la Intervención municipal aplicó al ahorro bruto del ejercicio 2013 dos ajustes que terminaron convirtiendo el saldo negativo en positivo. En un primer ajuste se incluyó como ingreso el canon del agua pese a que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecía una advertencia al respecto. "La realización de este ajuste está prevista en la legislación ya que el ahorro neto del ejercicio tiene que reflejar el mismo sin tener en cuenta los ingresos extraordinarios (en este caso el canon del agua) que se pueden producir en un año, ya que de no hacerse así se estaría sobrevalorando el ahorro neto", explica el Consejo de Cuentas en su informe.

En segundo lugar, el Servicio de Intervención incluye un ajuste por obligaciones reconocidas (facturas pendientes de pago) derivadas de modificaciones de créditos. La ley prevé este ajuste para el caso en que la modificación se haya financiado con remanente líquido de tesorería, lo que no pudo suceder en el ejercicio 2012 teniendo en cuenta que el remanente de tesorería a 31 de diciembre de 2011 era negativo. "Con ello, el ajuste practicado sería improcedente y situaría el ahorro neto en una cifra negativa de 492.269,55 euros".

El Consejo de Cuentas va más lejos y recuerda que si los ayuntamiento no aprueban en el ejercicio que les interese determinadas facturas estarían incrementando "contablemente y de forma fraudulenta su ahorro neto". De hecho, no acepta la alegación y las explicaciones del Ayuntamiento al respecto, y subraya que estos ajustes tenían que haberse tenido en cuenta en la comprobación del expediente de solicitud de autorización efectuada por el órgano de tutela financiera de la Junta que autorizó la operación de crédito, lo que no ocurrió.

La Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica, también presentó alegaciones y justificó la autorización del crédito argumentando que la normativa aplicable no le otorgaba la competencia para fiscalizar la actividad económico-financiera del Ayuntamiento de Benavente y, en su caso, corregir las actuaciones realizadas por el órgano de control interno de la entidad. Por lo tanto, la propuesta formulada por la Dirección General se realizó atendiendo a la información certificada por el órgano de control interno del Ayuntamiento de Benavente, apostilló.

El Consejo de Cuentas entiende que esta alegación no desvirtúa el contenido de sus conclusiones porque la Consejería debió verificar todos los extremos citados antes de conceder la autorización, lo que no hizo. Así, la conclusión del Consejo de Cuentas queda como sigue: "En los cálculos del Ahorro Neto efectuados en el Informe de la Intervención para la solicitud de autorización de la operación de crédito a largo plazo concertada en el ejercicio 2013, por 2.150.000 euros, se incumple lo previsto en la Ley. Este parámetro, correctamente calculado, pasaría a ser negativo y la operación de crédito no debió formalizarse atendiendo al decreto de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Esta circunstancia no fue tenida en cuenta en la comprobación del expediente de solicitud de autorización efectuada por el órgano de tutela financiera de la Junta de Castilla y León".