Sucesos en Zamora

Nueve meses de cárcel para un maltratador de Zamora que le dio un puñetazo a su pareja en plena calle

El juez sustenta su condena en el testimonio de la policía que intervino y testificó en el juicio en el que no declararon la víctima y dos testigos

Performance en Zamora contra la violencia machista. | Ana Burrieza

Performance en Zamora contra la violencia machista. | Ana Burrieza / ANA BURRIEZA

La negativa a declarar de la víctima de violencia de género y de los dos testigos que presenciaron la agresión en plena calle no han impedido al juez condenar a prisión al imputado, pareja de la joven víctima y vecino de la capital zamorana de iniciales J.A.V., que la emprendió con la mujer a golpes y huyó del lugar al percatarse de la llegada de la Policía Nacional.

La agresión fue presenciada por una amiga de la agredida, que relaró lo ocurrido, y por un vecino que llegó a perseguir al acusado, si bien ninguno quiso declarar en el juicio celebrado en enero de este 2024.

El juez no ha dudado, a pesar de el silencio de todos ellos y por la falta de la versión exculpatoria del maltratador, en dar por probado el delito e imponerle 9 meses de cárcel en virtud de la declaración de los dos policías nacionales como testigos de referencia. Para ello ha acudido a la aplicación de la reforma legislativa que establece que sus declaraciones podrán constituirse como prueba cuando puedan corroborar la agresión aunque no la hayan presenciado.

En este caso, los dos policías nacionales acuden a la avenida de Víctor Gallego donde estaba ocurriendo la agresión de J.A.V., en el mismo instante en que tiene lugar el delito, abunda la sentencia. "Resulta acreditada la agresión", ya que, el acusado, "en el momento en el que se percata de la presencia policial, emprende la huida".

La reacción del individuo ante la llegada de la Policía Nacional y la descripción física realizada por la amiga de la víctima y del hombre que presenció los hechos permitió detener al encausado y, posteriormente, imputarle por violencia de género.

El relato decisivo de los policías

"Los agentes hablaron con los dos testigos, una manifestó ser amiga de la víctima y relató haber visto la agresión", concreta el juez en su sentencia, al tiempo que apunta que en los policías también interrogaron al otro testigo, "la persona que llamó" a la Comisaría de Zamora, y que no dudó en perseguir al maltratador. Este ciudadano contó a los policías que había sido testigo de cómo el hombre lanzaba un puñetazo a la mujer y la tiraba del pelo.

En la vista oral, sin embargo, manifestó que "vio forcejear" a la pareja y que la haber transcurrido un año y medio no recordaba si hubo tales agresiones. El juez concluye en su sentencia que "existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia" del encausado, que deberá pagar las costas de la acusación particular.

Asimismo, el fallo judicial impone al maltratador zamorano la prohibición de aproximarse a la víctima durante dos años a una distancia inferior a 300 metros y de comunicarse con ella por ningún medio o por terceras personas. Tampoco podrá tener o portar armas durante los próximos dos años.

Esta sentencia del Juzgado de lo Penal es una de las primeras en aplicar la reciente reforma de la ley de violencia de género que pretende proteger a las víctimas de violencia de género al estimar suficiente como prueba el testimonio que ofrezcan los policías o guardias civiles que asistan a la mujer siempre que puedan aportar datos que corroboren la existencia del maltrato físico y/o psicológico que constaten al acudir al lugar del suceso para asistir a la víctima y detener al maltratador.

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