Sucesos en Zamora

La Audiencia exculpa a Cobadu del mortal atropello a un camionero en un túnel

Los magistrados confirman la condena al conductor por dar marcha atrás cuando sabía que estaba prohibido y solo "para ahorrar tiempo"

Vista general de Cobadu.

Vista general de Cobadu.

La Audiencia de Zamora exonera a Cobadu de responsabilidad en el accidente que se cobró la vida de un camionero en uno de los túneles de carga y centra la imprudencia exclusivamente en la maniobra del conductor que arrolló a la víctima al dar marcha atrás para abandonar el espacio "con la única finalidad de ahorrar tiempo".

El condenado ahora por sentencia firme, de iniciales I.C.A., atropelló y mató a otro camionero en el interior del túnel 3 el 7 de julio de 2018 tras realizar una maniobra que sabía que estaba prohibida y lo hace "sin tener total y pleno campo de visión sobre la parte trasera del camión, existiendo puntos ciegos".

Además, los magistrados del Tribunal provincial subrayan que, además, en la parte interior del recinto de la cooperativa donde ocurrió el accidente de tráfico no había espejos para facilitar la visibilidad del espacio, como el procesado sabía.

Incumplimiento del mínimo cuidado

La conclusión es que I.C.A. "incumplió el mínimo deber objetivo de cuidado que le era exigible". La Audiencia mantiene la calificación del atropello como un delito por imprudencia menos grave porque hizo la maniobra "en un recinto privado que no tenía debidamente señalizados los itinerarios en el momento de los hechos".

La sentencia concreta que I.C.A. "conocía perfectamente el lugar, circuito marcado por la empresa para llegar a las básculas de carga y acceder al túnel", como él mismo declaró en el juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal, cuya magistrada le condenó a pagar una multa de 2.160 euros al Ministerio de Justicia y una indemnización de unos 233.000 euros a los familiares del profesional atropellado.

La Audiencia ratifica esa sentencia de la jueza de lo Penal porque el procesado "sabía que tenía que salir girando a la derecha e ir a la báscula", un trayecto que "tenía memorizado y no se fijaba en las señales", recoge textualmente el fallo en base al propio testimonio del conductor que mató a otro transportista al arrollarlo y arrastrarlo con la parte trasera del camión en esa zona, cuando este había salido de su vehículo.

La exculpación de Cobadu se justifica porque, el ya condenado "procedió a realizar la maniobra marcha atrás hacia la báscula de pesaje con la única finalidad de ganar tiempo porque tenía que cargar varios tipos de pienso y hacer varios peajes", no tuvo en cuenta que "la salida del túnel era forzosamente hacia adelante", de lo que "tenía pleno conocimiento". Sin embargo, optó por retroceder porque "el recorrido hacia delante era mayor y perdería tiempo".

Ninguna responsabilidad para Cobadu

Asume los argumentos del Juzgado de lo Penal que descarga de responsabilidad en el accidente mortal a la sociedad Cooperativa Bajo Duero, como sostenía la Fiscalía de Zamora y la acusación particular: ni incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales ni falta de señalización de los túneles. La muerte del empleado se derivó de la conducta imprudente en la circulación del procesado.

Las cámaras de las instalaciones grabaron al empleado de Cobadu con "actitud gesticulante cuando se bajó" de su camión con el que trabajaba para la cooperativa. El fallecido estació su vehículo en el túnel de carga número 4, colindante con el que estaba utilizando el imputado para cargar mercancía, el número 3, y del que se disponía a salir cuando tuvo lugar atropello mortal.

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