Miles de zamoranos afectados por las cláusulas suelo, invitados por la entidad financiera que les otorgó el préstamo a alcanzar un acuerdo para reducir el porcentaje del tipo de interés y sortear la vía judicial, podrán acudir de nuevo a los tribunales para lograr que se les anule esos pactos, con ello, las cláusulas declaradas ilegales por abusivas, en virtud de la sentencia de la Audiencia Provincial, pionera y que sienta jurisprudencia, que asume las tesis del recurso de una recurso de una abogada zamorana, que acudió a esta instancia judicial con el caso de un cliente, un fallo que se aparta del del Tribunal Supremo de abril de 2018 que cerraba la puerta a reclamaciones en los juzgados.

Los magistrados de la Audiencia acaban de admitir la anulación del acuerdo extrajudicial de un banco con un consumidor, por lo que no elevarán la consulta al Tribunal de la Unión Europea, para reducir el tipo de interés establecido en la cláusula suelo, del 3%, al 2,5% y evitar su eliminación por abusiva, tal y como solicitaba la abogada zamorana, Verónica Alejandro del Río, al estimar que el usuario "no conocía las consecuencias económicas y jurídicas de aceptar" los términos del documento, redactado solo por la entidad financiera, "que no discutía la validez" de esas condiciones, "haciéndole creer que resultaba favorecido por una rebaja del tipo de interés" que califica de "ridícula".

El Tribunal provincial no duda en afirmar que el banco oculta al cliente "la verdadera situación que la supresión del acuerdo comportaba para la entidad financiera, "simulando" que cedía de sus derechos para beneficiar al consumidor, cuando "se sabía y conocía que no era así". La sentencia concluye que "no puede validar el acuerdo" porque "tal y como le fue presentado al cliente" implica una "falta de conocimiento, por defecto de información, que única y exclusivamente puede ser achacada a a la entidad bancaria", que "omitía información necesaria y esencial para la libre formación de la voluntad del consumidor".