La Consejería de Agricultura y Ganadería ha desvelado una modificación en el reglamento de los productos agroalimentarios de calidad, con especial incidencia en la producción vinícola, a través de la cual ya no será necesario que una Denominación de Origen Protegida o una Indicación Geográfica Protegida de vinos tenga un consejo regulador para poder ser tratada como tal. El texto refleja una normativa más simple, con mayor estatus de calidad diferenciada que tengan también la protección europea a nivel internacional, con nuevas identificaciones más cercanas al consumidor y especialidades para las producciones vínicas de calidad, posibilitando que el etiquetado incluya las menciones de "vino de pueblo" y "vino de paraje".

Desde el punto de vista de garantías al consumidor, las DOP y las IGP estarán sometidas a rigurosos controles de calidad. El reglamento dedica una parte importante de su articulado a establecer las diversas modalidades en las que se manifiesta dicho control. En primer término, el control oficial, que realizará el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (Itacyl) y que se podrá extender a los establecimientos minoristas y otros puntos de venta. Este control oficial se complementa con la habilitación de personal técnico de los consejos reguladores en tareas de control y con la posible delegación de tareas de control en entidades certificadas.