La Audiencia Provincial prepara el auto previo a fijar fecha para el juicio con jurado que sentará en el banquillo de los acusados a dos jóvenes gitanos por el asesinato de un vecino del barrio de Las Llamas, de 53 años e iniciales J.H.M., el 13 de septiembre d 2012, muerto por estrangulamiento tras una brutal paliza y arrojado al embalse de Ricobayo.

El documento, que elabora la magistrada Esther González González, que presidirá el tribunal popular, recogerá cómo ocurrió el crimen, los hechos que se estiman probados y precisará los delitos imputados a cada procesado, incluido el que se atribuye a un sevillano procesado por encubrir al más joven de los otros dos acusados, el de 22 años e iniciales R.J.L., vecino de Las Llamas y nieto del patriarca de la familia gitana asentada en ese barrio.

Se prevé que González González tenga listo el auto en un par de meses, cuando se establecerá la nueva fecha del juicio. La vista oral no pudo celebrarse en noviembre de 2014, como estaba previsto, al carecer el sevillano de abogado y, por tanto, no habérsele dado opción a proponer pruebas ni a presentar su escrito de defensa en el Juzgado de Primera Instancia número 1 que investigó el crimen. La Audiencia tuvo que prolongar la prisión preventiva ante este incidente, al haberse cumplido el máximo de dos años de reclusión para los imputados que permite la Ley antes de que haya juicio.

La magistrada presidenta del jurado detallará en su auto, si hay condena por asesinato, qué circunstancias agravantes o atenuantes se pueden aplicar a los supuestos protagonistas del crimen, a R.J.L. y al coautor, R.R.J. (vecino de La Alberca, de 30 años), y al sevillano que habría ayudado a ocultarse al primero, que huyó con su esposa y sus hijos menores a Sevilla. En el mismo auto se recogerán las penas de prisión que se exigen, de acuerdo con el escrito de la Fiscalía: 25 para cada uno de los acusados de "actuar juntos y de común acuerdo" para propinar una paliza, estrangular y asfixiar a J.H.M. al introducirle tierra en la boca. Para el imputado por encubrimiento, el Ministerio Fiscal exige tres años de cárcel por facilitar una vivienda a R.J.L. y su familia en una localidad de Sevilla.

Las condenas que solicitan las acusaciones particulares, en representación de la familia de la víctima, las mismas que la Fiscalía, así como la petición de absolución de las defensas se detallarán en el mismo auto. La presidenta del jurado, González González, decidirá sobre su aplicación y en qué grado, si el veredicto del jurado es de culpabilidad. La magistrada determinará en su sentencia también los años de reclusión a cada condenado, en función de las agravantes o atenuantes que admitan los nueve ciudadanos que conformarán el jurado.

Además, la magistrada concretará qué pruebas de las solicitadas por las partes personadas en la causa permitirá practicar durante la vista oral, todas ellas especificadas en los escritos de acusación y defensa llegados a la Audiencia desde el Juzgado de Instrucción.

En cuanto a las causas del asesinato, tras la investigación se llegó a la conclusión de que fue consecuencia de una disputa relacionada con las drogas: los procesados por matar al vecino de Las Llamas acudirían a la vivienda de la víctima para exigirle la entrega de estupefacientes y la negativa del hombre de 53 años desató la ira de los dos jóvenes. A una brutal paliza, seguiría el asesinato por estrangulamiento y asfixia, al agarrar fuertemente del cuello al vecino de Las Llamas al tiempo que le introducían gran cantidad de tierra en la boca.

Con posterioridad, el cadáver, maniatado y con los pies sujetos a unas piedras y una bolsa del Sacyl cubriéndole la cabeza, fue arrojado al embalse de Ricobayo, si bien el cuerpo sin vida terminó por flotar. Un pastor que cuidaba su ganado en la zona de Ricobayo vio flotar el cadáver y dio la voz de alarma en la mañana del 13 de septiembre de 2012: el crimen se había producido de madrugada.

Los acusados niegan los hechos y sus abogados han solicitado la absolución por falta de pruebas que les relacionen directamente con el crimen. La Audiencia decidió en septiembre pasado mantener a los dos procesados, a R.J.L. y a R.R.J., en prisión (el primero en Topas y el segundo en Mansilla de las Mulas, penal de León) hasta la celebración del juicio que determine si se les condena. El Ministerio Público aconsejó tal medida por la gravedad del delito que se les imputa, que califica como asesinato, dadas las pruebas recabadas por la Guardia Civil, clarificadoras, a su entender, sobre su intervención directa en la violenta muerte del zamorano.

Ya en la vista celebrada por la Audiencia para decidir sobre la prórroga de la prisión preventiva, la magistrada no atendió la petición de libertad condicional hecha por los abogados de la defensa, quienes reiteraron la falta de pruebas e indicios suficientes que les sitúen en el escenario del crimen.

Los letrados incidieron en el carácter preventivo que debe tener la prisión antes de que exista una condena firme, al tiempo que argumentaron la inexistencia de un riesgo de fuga por parte de sus clientes, al tener los dos arraigo familiar en la capital, en la que siempre han vivido.