El decreto de Castilla y León que regula «de manera más clara» las inspecciones técnicas de edificios de más de 40 años amplía el ámbito de aplicación a municipios con más de 5.000 habitantes y a los pueblos del alfoz de las capitales con más de 1.000, un último aspecto que no afecta a la provincia. La regulación de Castilla y león plantea que las revisiones no se limiten a los edificios con usos residenciales, rebaja la edad máxima de las construcciones a 40 años, incluye la condición de la habitabilidad y la hace obligatoria. Hasta ahora, la Junta sólo exigía estas revisiones en municipios mayores de 20.000 habitantes y los que disponían de PGOU.

Las segundas revisiones se llevarán a cabo a los diez años de las primeras en todos los casos. Los que pasen la inspección deberán presentar el informe que elabore el técnico ante su ayuntamiento en el plazo de un mes. También, con la finalidad de controlar la aplicación y eficacia de la inspección, el Ayuntamiento de Zamora dispondrá de un registro de las construcciones en el que se reflejen las actuaciones realizadas. Fomento también ha regulado las posibilidades de actuación de los consistorios para que puedan ordenar inspecciones de oficio, que pagarán los propietarios de los edificios, y ejecuciones subsidiarias de las obras exigidas.

El departamento de Antonio Silván dio un impulso a estas inspecciones con la Ley de Derecho a la Vivienda de Castilla y León, aprobada en agosto de 2010.