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Los condenados o investigados por violencia de género no tendrán visitas con sus hijos menores
Entra en vigor la reforma del Código Civil aprobada en junio
Mientras se buscaba a Anna y Olivia en Tenerife, secuestradas y asesinadas por su padre que incumplió la entrega pactada a su madre, se aprobaba lo que hoy entra en vigor: que ningún progenitor tendrá visitas con sus hijos menores, si está investigado, condenado o hay indicios de violencia de género a sus madres. Muchos de los más de 40 asesinatos de menores por sus padres ocurrieron durante el régimen de visitas. Violencia vicaria llevada al extremo, aliada a veces con fallos del sistema de protección a las víctimas. Como el doble parricidio de Nerea y Martina en 2019 en Castellón, después de que su madre denunciara y pidiera ayuda en los tribunales ante las amenazas de su exmarido. Tampoco se protegió a Cristian, asesinado por su padre ese mismo año en Murcia. Dos casos que supusieron un revulsivo para llevar adelante el bloqueo legal de las visitas. La reforma también deja a los jueces decidir si conceden visitas a los progenitores en interés del menor "previa evaluación de la relación paternofilial". En ningún caso podrán ver a sus hijos menores los progenitores que estén en prisión por violencia de género.
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