El Ayuntamiento ha aprobado el calendario fiscal para 2022 y, por segundo año consecutivo, los contribuyentes de Toro podrán fraccionar el pago del impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) urbanos o rústicos en dos plazos y sin tener que abonar intereses. Para poder fraccionar al 50% el pago de ambos tributos los toresanos interesados tendrán que solicitarlo antes del 15 de mayo.

El calendario fiscal establece que el primer plazo de cobranza del IBI urbano y rústico se prolongará desde el 17 de julio hasta el 15 de septiembre, mientras que el segundo se extenderá desde el 31 de octubre hasta el 30 de diciembre.

Por otra parte, el calendario del contribuyente establece que la primera tasa que deberán abonar los toresanos en el nuevo ejercicio es la relativa al servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos, cuyo periodo de cobranza se prolongará desde el 17 de febrero hasta el 18 de abril.

Además, el calendario detalla las fechas en las que los contribuyentes tendrán que abonar el tributo sobre vehículos de tracción mecánica, la tasa por vados o el impuesto de actividades económicas.

El Ayuntamiento ha recordado que una vez finalizado el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos.