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Planes municipales y provinciales de obras y servicios

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Cualesquiera administración pública tiene como fin último el de lograr el máximo bienestar a la ciudadanía, lo que supone que los intereses generales se alcancen en el mayor grado posible, que las dotaciones crediticias de sus correspondientes presupuestos generales se lo posibiliten. Por ello, la importancia de que esa misma ciudadanía tenga la madurez y el sentido de la responsabilidad respecto a sus declaraciones en los tributos; es decir, tasas, contribuciones especiales e impuestos; que reflejen fielmente los hechos imponibles, evitando cualquier tipo de fraude; es decir, de engaño al resto de sus conciudadanos; permitiendo que haya la financiación municipal y provincial suficiente para atender los gastos e inversiones públicas que a ellos mismos benefician, como a la actividad económica y empresarial, a la minoración de las desigualdades, a la cohesión territorial y personal, etc.

Y es que lo que sí tienen que procurar ayuntamientos y diputaciones provinciales es “apurar” al máximo sus posibilidades económicas, pues las competencias que legalmente tienen atribuidas son “ad infinitum”, en constante cambio a tenor de la evolución económica y social, además de que suelen implicar en su desenvolvimiento costes más elevados por la complejidad de los materiales, la tecnología, la cualificación profesional, etc., que conlleva su desenvolvimiento. Por todo ello, el que una entidad local disponga de superávit, con abultadas “cuentas corrientes”, no es “de recibo”, cuando suelen tener pendientes bastantes obligaciones, sin resolver adecuadamente, para “el fomento del pueblo”.

Y, precisamente, como a todas esas tareas públicas, no se disponen de los recursos financieros para solucionarlas de “una sola atacada”, es imprescindible elaborar, y aplicar, unas directrices fijadas por las respectivas corporaciones locales, que procuren ponderar la importancia, trascendencia, impacto, contribución al desarrollo económico y social, a la creación de empleo, al impulso de la actividad económica y empresarial, etc., que evalúen la priorización de las obras y servicios a acometer en el tiempo. Además, la justicia, la objetividad, la no discriminación, la eficacia y la eficiencia de lo público, así lo exige y demanda. Y es que los empleados públicos, especialmente los de carácter directivo, tienen que “gestionar, estudiar y proponer” las fórmulas, los “algoritmos”, la “inteligencia artificial”, etc., que contengan todas aquellas variables que concurren en la calificación de las obras y servicios, para que los ayuntamientos y diputaciones provinciales elijan las más idóneas en cada momento en que se formulen los planes municipales y provinciales de obras y servicios que han de ser instrumento imprescindible para evitar, en la medida de lo posible, la despoblación al dotar de las infraestructuras necesarias a tal fin.

Sancho de Moncada

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