Opinión | Zamoreando
Okupas y okupaciones
Aún siendo en España un delito, el desalojo no es tarea fácil
Quizá, cuando el fenómeno okupa llegó a España, a mediados de los años setenta, lo hiciera como un movimiento de ideales contrarios al sistema y ya, desde entonces, con una débil solución jurídica por parte del legislador. Pero es que en la actualidad la conducta de los okupas atenta de forma flagrante contra el derecho de la propiedad reconocido de forma expresa en nuestra Carta Magna. Okupa es sinónimo de destrozo, de violencia, de robo, de chantaje, de trapicheo, de ilegalidad, de un gran problema que nadie parece atreverse a resolver.
La debilidad de la legislación al respecto en España explica una situación que, sumada a la de Portugal, es única en Europa. Sería necesaria una voluntad político-legislativa para impulsar una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Pero, no hay voluntad, ni política ni legislativa. No creo que sea por temor a perder votos. Los votos se pierden por todo lo contrario, por dejar hacer a quienes actúan como auténticos delincuentes.
Datos del Ministerio del Interior dan fe de que Cataluña encabeza el ranking de okupaciones. Así como cuatro veces más que la comunidad de Madrid. En Andalucía y Galicia han repuntado. El aumento sigue su curso imparable. Aumento que en toda España está cifrado en un 18% más. Castilla y León no es ajena al problema. Ni siquiera Zamora. Valladolid es la provincia que se lleva la peor parte.
No se entiende bien que siendo la okupación en España un delito, el desalojo no sea tarea fácil, hasta el punto de que las fuerzas del orden no pueden actuar y hay que encargar las negociaciones con los okupas a empresas privadas. No obstante, la Ley establece que, si la Policía actúa en las primeras 48 horas desde la ocupación, el desalojo no necesita orden judicial. Si pasa más tiempo y los okupas llegan a cambiar la cerradura de la propiedad, el domicilio pasa a ser inviolable. Entonces, solo se puede recuperar la vivienda mediante una orden judicial.
Es una forma de proteger al que delinque. Es una forma de dar la espalda al ciudadano que cumple. Es una forma bochornosa de no hacer lo que se debe. Como si un cambio de cerradura diera el derecho de permanencia en casa ajena a un individuo o un grupo de individuos que tienen tan peculiar modus vivendi. Para más regodeo, la penalización del delito de okupación ilegal es de tres a seis meses de multa sin privación de libertad. Sale baratísimo. Lo cierto es que todos los partidos políticos tienen propuestas para reformar la Ley. Pero, desgraciadamente, no hay consenso.
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