La Junta Vecinal de Montes Vecinales en Mano Común de Otero de Sanabria ha presentado recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Puebla que desestimó su reclamación varias fincas. Un vez conocido el fallo dictado por el Juzgado sanabrés sobre la demanda de la acción reivindicatoria, la Junta Vecinal concreta que “dicha sentencia ha sido recurrida por entender que la misma no se ajusta a las pruebas presentadas en el procedimiento”.

Añade que “la propia sentencia en sus fundamentos jurídicos reconoce expresamente que los montes inscritos en el Registro de la Propiedad, a nombre del Común de Vecinos, son propiedad de los vecinos y no de los ayuntamientos”.

Los argumentos

La Junta Vecinal reitera que son “propiedad de los vecinos en régimen de comunidad germánica, motivo por el cual creemos que nos asiste la razón y que ante dicho reconocimiento expreso de que los montes inscritos en el registro de la propiedad a nombre del común de vecinos de Otero de Sanabria”.

Constituida, además, legalmente la Junta Vecinal de Montes Vecinales “existen pruebas y documentos más que suficientes para que prospere el Recurso de Apelación formulado contra dicha sentencia”, como ratifica la presidencia de la Junta.

La representación de la Junta Vecinal reclamó la propiedad de cuatro fincas en Silveira y Brezal o Chaguazal de Llamas , pero la primera sentencia judicial, ahora recurrida, decidió que sigan siendo públicas.