Una disposición final que deben cumplir los planes cinegéticos es reflejar cuando se pretenda ejercer la caza bajo las modalidades de caza menor al salto a rabo, en mano, ojeo, espera o aguardo, caza de liebre con galgo y conejos con hurón en las zonas de seguridad correspondientes a vías y caminos de uso público no considerados como carreteras, y su franja de 25 metros de anchura a ambos lados de estas vías, vías pecuarias, cauces y márgenes de ríos, arroyos y canales.

El titular cinegético deberá declarar responsablemente que el titular de las zonas de seguridad de estas zonas otorga el consentimiento para el uso de armas de caza, perros, cetrería o hurones, en cada caso.

En el caso de las vías pecuarias, la solicitud de consentimiento de la comunidad de Castilla y León se entenderá realizado en el momento de presentación del plan cinegético.