El Procurador del Común considera que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León "debería adoptar las medidas oportunas para anular el convenio suscrito en el año 2017 con la Federación de Caza de Castilla y León". En su resolución, la Institución presidida por Tomás Quintana López onsidera que existen supuestos incumplimientos flagrantes a la ley y órdenes de caza en vigor.

En virtud de este convenio únicamente los cazadores federados podrían disfrutar de la práctica cinegética en los cotos regionales de caza y las zonas de caza controlada de Castilla y León. Aunque no existen terrenos en la provincia de Zamora con esta calificación, sí hay cazadores zamoranos que comparten el criterio porque gustan de la oportunidad de disfrutar de su pasión en estos escenarios, y criticaron en su día la entrega de los mismos a la Federación al sentirse "marginados". Dicen,no desear federarse porque su ejercicio está al margen de los campeonatos de caza.

El Procurador del Común resuelve, de este modo, la tramitación de una queja "de disconformidad con la gestión" en los referidos terrenos. Se trata de cuatro cotos regionales: el denominado "Orzaduero" y "El Colmenar" en Ávila, y los denominados "La Santa Espina", "El Carrascal y El Alambrado" y Pinar de Aldealbar" en Valladolid. Y de siete zonas de caza controlada (.ZC.C.): "Monte Gurdieta" en Burgos, la Z.C.C. de León, la Z. C.C. de Salamanca, "Estribaciones de la Sierra de Guadarrama" en Segovia y "Ágreda", "Valduérteles" y "Fuente de Velasco" en Soria.

El denunciante aludía a "irregularidades cometidas por la Administración autonómica en la gestión cinegética" de estos espacios al suscribir un convenio para realizar actividades de control poblacional en los bienes patrimoniales de la Junta.

Puso de relieve que "la mayor parte de los terrenos se ubican en Montes de Utilidad Pública, que tienen la calificación de bienes de dominio público y no patrimoniales". En consecuencia, señala, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente "incumple su obligación como titular cinegético, de disponer y ejecutar el plan cinegético sobre los terrenos". Expone, además, que "el control poblacional, considerado como aprovechamiento extraordinario, se convierte en ordinario por la falta de previsión en la gestión de los cotos de caza". Añade que "no cumple con el deber de facilitar el ejercicio de la caza a cualquiera que disponga de una licencia, ya que el control únicamente lo pueden realizar los federados, sin que sea este requisito exigible". Tampoco "establece ningún precio, canon o valor de los permisos de caza que se otorguen, ni se prevé pago por conceptos similares a favor del titular: la Administración Autonómica".

Otro motivo de rescisión del convenio para el denunciante es que merced al convenio "los cazadores federados se convierten en personal auxiliar o acompañante de los agentes medioambientales o celadores de Medio Ambiente".

La Junta informó al Procurador del Común y justifica el convenio por "el favorable estado de conservación de las poblaciones de especies cinegéticas, principalmente de caza mayor, que puede constituir un serio problema para las personas, en cuanto a daños, salud y seguridad, hace necesaria la adopción de medidas de control poblacional". Además, expone, "la Federación de Caza de Castilla y León tiene, en virtud de sus estatutos, las funciones de realizar cuantas actividades estén encaminadas a la salvaguardia y mejoramiento del ambiente natural, incremento de la fauna y respeto por los cultivos agrícolas, pudiendo prestar su colaboración a cuentos fines considere convenientes y sin ánimo de lucro".

Puesto al corriente el denunciante por la Procuraduría, de esta motivación de la Junta, hizo saber que "no ha existido un cambio real de la situación puesto que la oferta de caza es similar a la de años anteriores" con la particularidad de que los participantes en los controles cumplen con el requisito de que son federado. El reclamante, remitiéndose a lo datos de la propia Federación de Caza, indica que "desde noviembre de 2017 febrero de 2918 se organizaron un total de 15 monterías con 795 puestos, para los cuales han repetido, al menos una vez, 568 cazadores, los cuales han podido cazar al menos dos veces en terrenos de la comunidad autónoma sin pagar nada, y sin que la Dirección General del Medio Natural hay recibido ninguna prestación económica".

La Junta reconoce que la Federación "no ha abonado cantidad económica alguna por el auxilio prestado en los controles realizados" y justifica éstos en la prevención de daños y en la seguridad a las personas y bienes. Además, subraya que con el plan técnico anual de caza "no se consiguió generar beneficios o renta cinegética a los propietarios de otros terrenos, y para la Administración suponía un gran coste la gestión cinegética de cotos regionales y zonas de caza controlada". Incluso la Administración indicó que estaba elaborando un pliego de cláusulas administrativas para enajenar el aprovechamiento cinegético.

La Procuraduría considera que el convenio no tiene en cuenta que son terrenos declarados cinegéticos por lo que "es requisito imprescindible disponer de aprovechamiento ordenado y, por Ley, la Dirección General debe exigir la confección de planes cinegéticos, por ser el instrumento que permitan la gestión de estos espacios". En consecuencia, señala, "no cabe convertir los controles poblacionales en un aprovechamiento ordinario de unos terrenos cinegéticos". El convenio suscrito entre Junta y Federación de Caza "incumple otros preceptos reglamentarios" como el que señala que "un mismo cazador solo podrá optar por participar en el sorteo de permisos en una sola de las categorías de cazadores: vecinos, provinciales, regionales y resto".

Deja claro, además, que, "en relación con la gestión de las zonas de caza controlada, es necesario tener en cuenta que no es posible suscribir convenios de colaboración para evitar la aplicación de la normativa de contratos públicos que exige siempre el principio de publicidad y concurrencia, puesto que incurrirían en supuesto fraude de ley".