En lo que respecta al incumplimiento de los niveles acústicos en los alrededores del Centro de Turismo Rural "El Molino" de Losacio de Alba se reconoce que "Si bien es cierto que las estimaciones realizadas respecto del aerogenerador 1 cumplen con el límite del vallado (situado a unos 490 metros) para un área de tipo 2 como indica el promotor del parque eólico, también es cierto que a 1,5 metros del límite de la propiedad (situada a 280 metros), que es lo que establece la normativa de ruido e el protocolo de mediciones, ya no se cumpliría los valores limites de emisión sonora según las estimaciones realizadas por dos entidades de evaluación acústica independientes".

El aerogenerador número 2 si cumpliría con los niveles acústicos en el límite de la propiedad (situada a unos 630 metros) según las estimaciones presentadas.

Por su parte, Gas Natural Fenosa respondía que "La iluminación del parque eólico se corresponde con la propuesta por la Agencia Española de Seguridad. De hecho la iluminación horizontal y vertical a 500 metros producida por las luminarias de los aerogeneradores puede considerarse prácticamente despreciable" y aseveraba que "No se incumple ningún límite legal con estas emisiones luminosas en el entorno del parque eólico". Con fecha de 10 de agosto de 2018 se daba traslado al Ayuntamiento de Losacio de la alegación particular de Eduardo Carlos Gómez Pérez por ser el Consistorio competente en materia de ruido.