Móviles de España (Movistar) ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León contra la «tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local a favor de las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil» aprobada por el Ayuntamiento de Almaraz de Duero, que preside el alcalde José Martín Pérez el 13 de diciembre de 2012 y puesta en vigor trece días después.

La nueva ordenanza obligará al pago de la tasa a las empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil y análogas que disponiendo o no de redes o instalaciones propias o fijas, hagan posible las telecomunicaciones mediante sistemas de ondas radioeléctricas.

Se considera indiferente el hecho de que para la intercomunicación fijo-móvil o móvil-fijo, técnicamente sea necesario el uso de infraestructuras fijas, antenas, cables aéreos o subterráneos: «dado que el hecho imponible nace del tránsito de las ondas que son emitidas desde terminales o recibidas por los mismos, provengan de donde provengan».

El Ayuntamiento fija una distribución de la cuota tributaria anual por operadoras que fija una tarifa básica final a ingresar de 16.082 euros. La cuota tributaria unitaria cifra el pago más elevado, de 7.259,75 euros (45,14%) para Movistar, la empresa recurrente ante el Tribunal Superior de Justicia.

A continuación, le sigue la compañía Vodafone, con 4.567,50 euros (28,40%); Orange, con 3.079,84 (19,15%); y Yoigo, con 559,68 (3,48). Los restantes 615,97 euros (3,83%) se lo repartirán el resto de operadoras. Para cumplir la normativa oficial la implantación de la tasa ya ha sido notificada a la Comisión Nacional del Mercado de la telecomunicaciones.