Antonio Vela Sánchez, docente universitario desde 1990, es Profesor Titular de Derecho Civil en la Universidad Pablo de Olavide desde 2001, miembro del Instituto de Desarrollo y Análisis del Derecho de Familia en España, y miembro promotor de la Red Internacional TIIFAMO (Red Temática Internacional de Investigación sobre las Familias Monoparentales), impartió ayer una ponencia en Benavente sobre las “Claves para la regulación de la gestación pos sustitución”, dentro de una iniciativa organizada por la UNED de Zamora en la que se ha ofrecido el debate sobre este asunto y distintos puntos de vista. Vela explica su convencimiento de la necesidad de que la figura de la gestación por sustitución se incorpore al ordenamiento jurídico español.

–¿Qué entiende Antonio Vela por maternidad subrogada o gestación por sustitución?

–Más que maternidad subrogada prefiero utilizar gestación por sustitución puesto que yo utilizaba ese término y en una de mis ponencias una pareja homosexual me señaló que eran padres de gestación por sustitución y ninguno de los dos eran madres. Esta gestación es una forma por la cual personas que no pueden ser padres o madres de una forma propia se basan en una mujer que se presta para que puedan gestar un bebé para que puedan ser padres. Es un método que permite traer niños al mundo y desarrollar un derecho que recoge la Constitución de que las personas tienen el derecho al libre desarrollo de su personalidad, y para muchas personas ese desarrollo consiste en ser padres o madres.

–El debate está abierto desde hace tiempo en España, hasta para su designación. ¿Le parece acertado hablar de vientres de alquiler?

–No, porque es un término peyorativo. En España el contrato de gestación por subrogación está prohibido, sería nulo. Pero si se trata de un convenio de carácter altruista como en Portugal o Reino Unido, lo de madres de alquiler o vientre de alquiler es algo peyorativo para la gente que no está de acuerdo. No se está alquilando nada. Yo lo rechazo absolutamente, si se regula razonablemente como ocurre en Estados Unidos que llevan ya 40 años con esto, podría existir ese convenio de carácter gratuito.

–La gestación por sustitución no está admitida en el ordenamiento jurídico español, pero si distintas modalidades en otros países.

–Está admitida con carácter altruista en Portugal o Reino Unido y también hay sistemas a través de contratos onerosos, en Ucrania, Rusia, Georgia y Grecia. Y por supuesto en Estados Unidos que es el paradigma de la gestación por sustitución.

El sistema en Estados Unidos es garantista, pero no todo el mundo se lo puede permitir

–Ucrania ahora está inmersa en una guerra pero ¿cuál es son las diferencias entre Ucrania y Estados Unidos a la hora de optar por esta gestación?.

–La principal diferencia es que en Estados Unidos 210 y 200.000 euros pero tiene un sistema garantista, con vigilancia de la madre gestante y una vez que nace el niño ese niño es tuyo y de tu pareja. Te vas al consulado de España en Los Ángeles y te traes al niño sin ningún problema. Es lo que hace la gente que tiene mucho dinero. En Ucrania el coste es cuatro veces menor. El problema es que en esos países el niño cuando nace no hay una sentencia que diga que ese niño es tuyo, sino que hay una certificación de que esa madre ha renunciado a ese niño pero se necesita un pasaporte para el niño que puede tardar desde cuatro semanas a dos meses.

–Y eso conlleva más trámites una vez en España.

–El niño es ucraniano y cuando llega a España hay que iniciar un proceso de filiación, es decir, demostrar que el material reproductor es del hombre para poder demostrar que ese niño es tuyo. Y la pareja de ese hombre tendría que adoptar al niño. En realidad en España no está prohibida la gestación por sustitución, lo que está prohibido es hacerlo aquí. Al final si tienes dinero vas a tener un hijo si problema, si tienen menos dinero lo vas a tener con muchísimos problemas y si no tienes dinero no lo vas a poder tener.

–Con la guerra en Ucrania esta posibilidad de las parejas ha quedado anulada.

–Así es. Estamos hablando que alrededor de 1.000 o 1.200 padres en España querrían ser padres por gestación por sustitución al año. Ahora la alternativa a Ucrania está en Estados Unidos, y eso no todo el mundo se lo pueden permitir. En Grecia a las parejas homosexuales no se lo permiten, por ejemplo.

Un requisito básico para que se empiece a legislar en este país es que sea un convenio gratuito

–¿Por dónde podría empezar a legislarse en España?

–España es el país más solidario del mundo. Vamos a darnos una oportunidad. Un requisito básico es que sea un convenio gratuito. Yo propongo que una mujer que se preste a eso debe tener al menos 25 años, que es la edad establecida para la adopción; tendría que demostrarse que la mujer de la pareja que opta a esta gestación no pueda tener hijos; no puede convertirse en “yo no quiero pasar por un embarazo”. También debe contemplarse que al menos uno de la pareja aporte su material genético porque si no al final el niño no tendría ningún vínculo biológico con la pareja y para esto está la adopción. Con estas premisas podría comenzar a legislarse. El Derecho es justicia , no es ética. Aborto y eutanasia son asuntos de muchísimo calado ético y están legislados.

–¿Cree que hay expectativas de algún cambio real en España?.

–En España no se va a regular nunca porque solo Ciudadanos presentó una Proposición No de Ley, basada en un libro que yo hice y son medidas razonables, que no se altera la dignidad de la mujer ni nada pero nadie lo apoyó.