La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rechazado el recurso de la Federación de Servicios Públicos de UGT contra la Relación de Puestos de Trabajos del personal funcionario del Ayuntamiento de Benavente, cuyo contenido y aprobación considera ajustada a derecho.

El Alto Tribunal de la región valida así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Zamora e impone las costas judiciales al sindicato con un límite de 1.000 euros sin incluir el IVA, independientemente de las generadas también en primera instancia que también deberán abonar.

La Federación de Servicios Públicos de UGT acumula media docena de demandas y recursos perdidos desde que gobierna el actual equipo de coalición PSOE-IU.

Frente al recurso de UGT-FSP, entienden los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo que sobre el principal motivo de nulidad invocado en la demanda y en la apelación, que es el acuerdo aprobatorio de la Relación de Puestos y el reproche de que se debió negociar por la Mesa General y no por la Junta de Personal como se hizo, ya se pronunció el Juzgado de lo Contencioso.

El TSJ así lo considera también precisando que en el procedimiento se produjo la efectiva negociación tanto con las organizaciones sindicales como con la Junta de Personal, “con lo que se cumplen al respecto las exigencias establecidas al respecto en nuestro ordenamiento jurídico”.

También rechaza el Alto Tribunal “las cuestiones formales alegadas relativas a la notificación del acuerdo previamente adoptado sobre prosecución de la negociación con la Junta de Personal” pese a que carecen “de relevancia invalidante”. Los magistrados precisan que consta en el acuerdo en que se determinó en la Mesa General de Negociación la continuación del proceso negociador con la Junta de Personal tuvo participación el sindicato que luego recurrió la RPT.

Sobre la cuestión de fondo, el Alto Tribunal de la región (que rechaza también el resto de alegaciones) deja claro que la Junta de Personal es el órgano adecuado para la negociación de las cuestiones relativas a la aprobación de una Relación de Puestos de Trabajo afectante estrictamente al personal funcionario, sin que existan cuestiones comunes tanto al personal laboral como al funcionario.

“Así, ha de tenerse en cuenta que el ámbito objetivo de aplicación de la Relación es el personal funcionario, por lo que es la Junta de Personal de dichos funcionarios el órgano representativo adecuado para la negociación”, indica la resolución contra la que cabe recurso de casación.

ARRANCA LA NEGOCIACIóN EN EL SERVICIO DE BASURA

La Concejalía de Personal ha convocado al Comité de Empresa este miércoles para iniciar el procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo que afectará al calendario laboral, horario y distribución de la jornada laboral, con la repercusión económica que de ello se derive, del personal adscrito al Servicio de Recogida de residuos sólidos urbanos.

El Ayuntamiento de Benavente ha venido realizando la transición del servicio nocturno al diurno mediante camiones y contenedores de carga lateral desde hace años. La intención del equipo de Gobierno pasa por prestar únicamente el servicio durante el día. La plantilla afectada por la nueva organización del trabajo derivada de la implantación en el servicio de la carga lateral es de nueve trabajadores: tres chóferes de camión y seis peones.