El Ayuntamiento de Benavente planteará ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que parte de la sentencia que afecta al edificio Villalar es inejecutable y, simultáneamente, propondrá un proyecto de restauración de la legalidad para los aspectos de la resolución cuya ejecución si es viable desde el punto de vista técnico.

La arquitecta municipal elaborará el informe en el que determinarán y concretarán las razones urbanísticas por las que no es posible ejecutar la sentencia en términos de restauración efectiva de la legalidad, mientras que con dedicación exclusiva a este asunto hasta que esté elaborado, el arquitecto interino redactará el proyecto de actuación para restaurar la legalidad en los aspectos recogidos en la sentencia en los que si es posible una ejecución arquitectónica.

El Ayuntamiento benaventano apuesta así por la vía de la inejecutabilidad parcial de la sentencia, posibilidad recogida en el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora que determinó que la resolución deberá consumarse en el plazo improrrogable de seis meses bien ejecutando la restauración de la legalidad, bien derribando el edificio completamente.

Cabe, sin embargo, esta solución intermedia al amparo del segundo apartado del artículo 105 de la LJCA (Ley Jurisdiccional Contencioso Administrativa), que literalmente establece que "si concurriesen causas de imposibilidad material o legal de ejecutar una sentencia, el órgano obligado a su cumplimiento lo manifestará a la autoridad judicial a través del representante procesal de la Administración a fin de que, con audiencia de las partes y de quienes considere interesados, el Juez o Tribunal aprecie la concurrencia o no de dichas causas y adopte las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad de la ejecutoria, fijando en su caso la indemnización que proceda por la parte en que no pueda ser objeto de cumplimiento pleno".

El Ayuntamiento, tras el citado auto anterior, anunció públicamente que se haría cargo de los costes de esta restauración y los técnicos municipales informaron a la presidenta de la comunidad de vecinos de la situación. Poco después los dos arquitectos del Ayuntamiento visitaron de nuevo el edificio y realizaron mediciones. Los vecinos, entretanto, han nombrado un abogado para seguir el procedimiento.

El caso del edificio Villalar llegó a los tribunales tras varias advertencias pública del promotor y proyectista del edificio Mercantil, Román Ávila, que advirtió que con las licencias suspendidas en la ciudad por la aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana no cabía otorgar licencia urbanística para construir el inmueble. El Ayuntamiento, entonces bajo el mandato del PSOE, desoyó estas advertencias y Ávila acudió a los tribunales, que le dieron la razón y anularon el permiso urbanístico con el edificio ya construido.

Durante años, sin embargo, la sentencia, que comportaba la restauración de la legalidad (aunque los informes periciales consideraban ya entonces que esto era inviable sin derribar el inmueble) no se ejecutó. Sí se realizaron obras con el respaldo y conocimiento de la Concejalía de Urbanismo. Los vecinos pagaron la factura y luego recibieron un cheque del Ayuntamiento por el mismo importe, pero al parecer ni se notificó la ejecución de sentencia ni las obras realizadas venían a solventar los problemas de desajuste normativo que padece el edificio. Ávila pidió finalmente la ejecución de sentencia y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo le volvió a dar la razón. Hace apenas un mes resolvió dar un plazo improrrogable de seis meses a la Administración local benaventana para que restaure la legalidad o proceda a la demolición del inmueble.

Los informes periciales concluyen que ajustar el edificio a la normativa vigente es inviable y así lo recoge la sentencia, que también reconoce el derecho de los afectados y de la Administración a invocar el artículo citado de la LJCA y pedir la inejecutabilidad parcial de la sentencia para conseguir finalmente licencia, mientras se restauran las partes en las que sí cabe una solución técnica. Con todo, y en el caso de que se acepte esta vía, la solución tendrá un coste indemnizatorio para las arcas municipales y los contribuyentes como en su día lo tuvieron las obras de presunta restauración que no sirvieron para nada.