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El Ayuntamiento indemnizará al exbombero y recurrirá el despido improcedente ante el TSJ

La sentencia rechaza la nulidad, descarta que hubiera vulneración de derechos y decide la improcedencia "por un defecto de forma"

El Ayuntamiento de Benavente indemnizará con algo más de 3.000 euros (4.150 euros menos el finiquito ya abonado) al bombero que realizó la grabación al alcalde y al concejal de Personal, y recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Social ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL)

Así lo anunció ayer la Concejalía de Personal tras conocer la resolución en la que atribuye al exempleado que "con artes rastreras y mediante la grabación de una conversación mantenida entre el alcalde de Benavente, el concejal de Personal y el propio trabajador, pretendía conseguir una nulidad del despido, para intentar perpetuarse en un puesto que legítimamente no le corresponde".

El responsable de la Concejalía, Jesús Nieto, defiende que el "intento desesperado y desleal", del exbombero "no le ha servido absolutamente de nada, dado que sus argumentaciones se basaban en que había sido despedido por solicitar el cobro de horas extra y por encontrarse en situación de baja en el momento de su finalización contractual".

Ambos motivos, explica de acuerdo con el contenido de la sentencia han sido desestimados por completo, "dado que el motivo real no fue otro que la regularización mediante el proceso de funcionarización e incorporación de los trabajadores procedentes del proceso selectivo pertinente".

Para Nieto y para el equipo de Gobierno, esta desestimación es un motivo de "satisfacción relativa, pues la verdad ha prevalecido frente a dichas acusaciones y a la campaña de infamias urdidas por el trabajador en connivencia con el Partido Popular".

Nieto considera un "claro ejemplo de connivencia entre el PP_y el exempleado" que la sentencia estuviera antes en manos del Partido Popular, que en una de las partes como es el Ayuntamiento, "al igual que lo es el hecho de pasar a los medios de comunicación solamente el fallo, en lugar de la integridad de la sentencia, con la clara intención de no entrar a valorar todas las cuestiones que han quedado desestimadas y que forman una parte fundamental de una maniobra muy turbia y con demasiadas aristas".

Esta forma de actuar "a modo de "corta y pega" es la misma táctica empleada en la manipulación de las grabaciones que difundieron, facilitadas por Eduardo Martínez Pérez al PP, lo que demuestra lo que ha sido y es el Partido más corrupto y manipulador de Europa", afirma el concejal en su comunicado de valoración de la sentencia.

El concejal reitera que ante la sentencia "la satisfacción es relativa" porque " de forma imprevisible declara el despido improcedente, al declararlo indefinido no fijo por el único hecho de no especificar en el objeto de su contrato la plaza que estaba ocupando de forma temporal, cuando, y así queda acreditado en la sentencia, en los antecedentes a su contratación queda perfectamente identificada la plaza a cubrir, con lo cual estaríamos hablando de un mero defecto de forma ya que todo el proceso para la cobertura legal de la plaza ha sido ejemplar".

Sin estar de acuerdo con la improcedencia del despido, "tampoco entendemos que una vez cubierta la plaza de la forma reglamentaria, esta finalización de contrato de forma procedente no se pueda llevar a efecto, motivos fundados que nos llevan a presentar recurso de suplicación ante el TSJ de Castilla y León", concluye el concejal.

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