El trastorno que padece, "enfermedad a la que no quiere enfrentarse y que le lleva a hacer cosas contra sus vecinos" genera "una situación de muy difícil convivencia con ellos", por lo que la Fiscalía Provincial exige para la mujer acusada de arrojar agua con orines por el sum la imposición de tres años de tratamiento ambulatorio. Ese sería el tiempo de prisión que la fiscal pediría para la procesada por los daños causados a sus vecinos en zonas comunes y en sus viviendas con los líquidos derramados por el respiradero. La acusación particular mantuvo los cuatro años de prisión, dos por los daños y otros dos por un delito contra la integridad moral de sus vecinos, cuyo letrado, Ignacio Esbec, remarcó que con este castigo "se busca la paz del edificio". Al tiempo, recordaba que "muchos vecinos han tenido que dejar el inmueble por la convivencia insoportable" con la imputada. La conducción por la que la mujer arrojaría el agua contaminada, que causó numerosos daños, según la Fiscalía y la acusación particular, es una bajante recta. Va directamente hasta el portal, sin comunicación con los "sums" para la salida de los gases y de los humos, ya que es para que el inmueble respire, según el peritaje hecho por un arquitecto contratado por los vecinos afectados. El abogado de la mujer niega su existencia, así como los daños que provocaría esta con el líquido arrojado que justificó por filtraciones que sufre el inmueble, no porque, como sostiene la acusación, la mujer desmontara la rejilla de ese tercer "sum" para tirar por las aguas con orines. Frente a la prueba pericial de la acusación, consistente en comprobar que el mencionado respiradero era un sistema independiente de los otros dos y con caída libre, el letrado de la defensa insistió en que "no está demostrado" que los líquidos se lanzaran desde el octavo piso que habita su clienta. La acusación insistió en que la Policía Municipal llegó a ver desmontada la rejilla y depósitos al lado con el agua contaminada.