El alcalde de Rábano de Aliste, Antonio Faúndez Arribas, y el concejal y exdiputado provincial, Enerino Luis Gago, han sido condenados esta mañana a ocho años y medio de inhabilitación para cargo o empleo público por un delito continuado de prevaricación y uno de suspensión de empleo y sueldo por malversación de caudales públicos. Además tendrán que pagar una indemnización al Ayuntamiento de 921,07 euros y de 361,91, respectivamente.

La Fiscalía exigía para cada uno de ellos la inhabilitación para cargo o empleo público durante 8 años y 2 años de suspensión de empleo y sueldo, además de multas de 4.500 euros, mientras que su abogado solicitaba la absolución porque considera que no existían pruebas.

El juicio por este caso, fijado para esta mañana en el Juzgado de lo Penal, no ha llegado a celebrarse al existir conformidad entre el Ministerio Fiscal y la defensa del alcalde y del exdiputado provincial del PSOE que dimitió por su imputación en esta causa judicial.

Además de la pena de inhabilitación por prevaricación, los acusados han aceptado la existencia de una malversación de caudales públicos.

El abogado defensor, Tomás Cuadrado, ha recordado a Efe que aunque algunos de los hechos juzgados eran de dudosa imputación, como las llamadas particulares realizadas desde teléfonos del Ayuntamiento, sus defendidos han preferido llegar a un acuerdo ya que no tienen intención de volver a presentarse a las elecciones ni ocupar cargos públicos.

La sentencia, según ha resaltado el letrado, supone una "rebaja sustancial" de la indemnización y las multas que pedía la fiscalía para los dos acusados.

Además de la pena de inhabilitación por prevaricación, los acusados han aceptado la existencia de una malversación de caudales públicos.

Por ello, inicialmente el fiscal solicitó una indemnización de 4.728 euros para el diputado provincial y de 2.057 euros para el alcalde, aunque esas cantidades se han rebajado con el acuerdo de conformidad a 921 euros en el primer caso y 361 en el segundo.

Además, la fiscalía había acusado a tres delitos de prevaricación por los que pedía ocho años por uno de ellos y dos por cada uno de los otros dos pero finalmente se han refundido los tres casos en un solo delito continuado de prevaricación con una pena de ocho años y medio de inhabilitación para cada imputado.

Las penas de multa se han rebajado asimismo a seis meses a razón de cuatro euros diario frente a una de nueve meses y otra de seis de diez euros diarios que solicitó el fiscal en su escrito de conclusiones provisionales.

Las irregularidades en la gestión del Área de Rehabilitación Integral de viviendas del anejo de San Mamed, la contratación del concejal y exdiputado como personal del Ayuntamiento y el uso de un teléfono del Consistorio de Rábano de Aliste para uso particular fueron las causas que han motivado la condena.