La limpieza de solares acarrea la prohibición "terminantemente" de arrojar en los solares y terrenos basuras, escombros, materiales de desecho y en general desperdicios de cualquier clase en los espacios libres ya sean de titularidad pública o privada. Igualmente se mantendrán libres de restos orgánicos o minerales que puedan alimentar o albergar animales o plantas portadoras o transmisoras de enfermedades o producir malos olores.

Los propietarios de terrenos tendrán la obligación de llevar a cabo la desratización y desinfección de los mismos, que deberá hacerse periódicamente, así como cuando lo ordene el Ayuntamiento por motivos de salubridad.

Cuando un vecino proceda a desratizar o desinfectar por iniciativa propia deberá comunicarlo previamente al Ayuntamiento, indicando el método y producto a utilizar, para comprobar que no será perjudicial para la salud de los vecinos.

Teniendo en cuenta la tipología constructiva del municipio, el vallado de las fincas y solares nos será obligatorio.

No obstante, en aquellos casos que por cuestiones de seguridad, salubridad y ornato público, el Ayuntamiento previo informe técnico, considere necesario el vallado de alguna parcela, podrá exigir a su propietario el vallado conforme a las normas urbanísticas municipales.

La normativa prohibe así mismo encender fuegos en los solares, con cualquier fin, incluso para deshacerse de la vegetación o naturaleza que crezca en el recinto sin la autorización previa y preceptiva del Ayuntamiento de Muelas del Pan.