«Se observará una actitud cívica y no se alterará el orden ni la tranquilidad pública con escándalos, disturbios ni ruidos. Se prohíbe ofender de palabra u obra a las personas». Es uno de los párrafos de la ordenanza de buen gobierno y convivencia ciudadana que entra hoy en vigor en Mayalde, tras ser aprobada por el Pleno municipal y que castiga con multas de hasta 150 euros las infracciones más graves.

La ordenanza prohíbe «estropear instalaciones, objetos o materiales de uso común como árboles y plantas de las plazas, jardines y vías públicas en general». Impide colocar «géneros en espacios de la vía pública que pueda molestar a los viandantes» y la venta ambulante sin autorización. También prohibe la acampada sin permiso, «sea en espacios públicos o privados con caravanas remolcadas o autopropulsadas, furgones, barracas u otras variantes», no permite «ensuciar las fachadas y puertas» de las casas ni el mobiliario urbano y tampoco colocar carteles o pancartas en al vía pública.

Incluso penalizará «subir a árboles o farolas de alumbrado público» excepto por motivos de mantenimiento o cuando exista autorización expresa, «transitar por la vía pública con armas cargadas», la venta, tenencia o utilización de productos pirotécnicos, salvo que se tenga autorización, abandonar animales vivos o muertos, encender hogueras, barbacoas o fuegos de cualquier clase en espacios públicos o comunitarios, talar, romper o zarandear los árboles, cortar ramas y hojas, grabar o raspar su corteza, verter toda clase de líquidos, aunque no fuesen perjudiciales y arrojar o esparcir basuras, escombros y residuos en las proximidades de los árboles y plantas situados en la vía pública o de propiedad municipal.

Por supuesto, la norma ataja de raíz «las pintadas, escritos, inscripciones o grafismos en los bienes públicos y privados», a excepción de murales artísticos autorizados, prohíbe el maltrato de animales, impedir u obstaculizar la celebración de fiestas, desfiles o procesiones o causar molestias a los asistentes y el ejercicio de la mendicidad, si bien «las autoridades municipales velarán por el socorro a necesitados en el ámbito de sus competencias».

Igualmente la ordenanza prohíbe el ofrecimiento de cualquier venta o prestación de servicio a personas que transiten por la vía pública, determina que padres o tutores velarán para que los niños en edad escolar asistan al colegio y reconoce el derecho-obligación de cualquier ciudadano a «colaborar en la conservación y defensa del patrimonio municipal, ya sea impidiendo la realización de daños, ya anunciándolo a la autoridad competente en el caso de que se hayan producido».

La ordenanza cuida también de la estética de los elementos expuestos en balcones y ventanas, prohíbe lavar coches y bañarse en fuentes públicas, ordena a los particulares la limpieza de «aceras, pasajes particulares, patios interiores y solares», impide «lanzar, verter o depositar basuras, aguas, líquidos, tierras, escombros, detritus, botellas o recipientes de otro tipo, así como papeles o desperdicios de cualquier clase». El Ayuntamiento ordena mantener los edificios y terrenos en condiciones de seguridad y ornato público.

A la hora de multar las infracciones el Ayuntamiento tendrá en cuenta la intencionalidad de los autores, reincidencia, trascendencia social o el enriquecimiento ilícito entre otras circunstancias y se considerará atenuante reparar el daño causado o realizar trabajos en beneficio de la comunidad. Los importes de las multas que pueden afrontar los infractores oscilan entre los 50 y los 150 euros.