La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha condena a la Consejería de Sanidad, y solidariamente a Zúrich Insurance PLC España, a pagar 200.000 euros, en concepto de responsabilidad patrimonial, por los daños y perjuicios derivados de las graves lesiones sufridas por un bebé durante el parto en el hospital General de Yagüe de Burgos.

La sentencia estima el recurso de casación interpuesto por los padres contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que confirmó la orden de la Consejería de Sanidad denegando la indemnización, por lo que ahora el Supremo anula dicha sentencia que concluyó que la actuación médica fue correcta y ajustada a 'lex artis'.

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2006 en el hospital General de Yagüe de Burgos, donde la madre, que estaba en la semana 41, ingresó para un parto inducido. A las 9,30 de la mañana la trasladaron a la sala de dilatación tras romper la bolsa de forma espontánea.

Durante seis horas de parto inducido -entre 10,15 horas hasta 16,21 horas- el patrón de frecuencia fetal fue normal, pero según los hechos probados, a las 16,48 se produjo el primer signo de compromiso fetal al sufrir una bradicardia de unos seis minutos de duración con latido cardiaco menor de 100 pulsaciones por minuto.

Sobre las 17,10 horas, sufrió una nueva bradicardia y, al constatar que se había producido un desprendimiento precoz de placenta, se realiza a la madre una cesárea de urgencia a las 17,19 horas. El niño sufre parálisis cerebral espástica, retraso psicomotor y síndrome de West.