Las terrazas de establecimientos hosteleros que se instalen en espacios abiertos al público pero de titularidad privada, quedarán exentas de impuestos. Así lo establece la ordenanza aprobada en el último Pleno municipal que contó con la aprobación de los concejales del grupo del PSOE y de IU ante la ausencia de los ediles populares. La aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal reguladora de la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa es ya la sexta vez en seis años que se aborda en una sesión plenaria, extremo que le hizo considerar al portavoz de IU y teniente de alcalde, Manuel Burón, la necesidad de recapacitar sobre estas sucesivas modificaciones, temiendo por lo demás que "no será la última".

Con las modificaciones puntuales, la ordenanza se aplicará no solo a instalaciones de terrazas en los espacios de uso y dominio público, sino que también se hará extensiva a todos los espacios libres, abiertos sin restricciones al uso público independientemente de su titularidad registral. En este caso, los titulares de terrazas no tendrán que pagar por ocupación de vía pública al no ser espacio de titularidad municipal, pero para poder autorizar la instalación de terrazas en espacios privados de uso público, el interesado ha de aportar al Ayuntamiento la documentación exigida, documento acreditativo de autorización de los propietarios de ese espacio, en el caso de comunidades de propietarios, firmado por el presidente de la comunidad o representante legal. En todo caso, en los terrenos privados de uso público quedan prohibidos los cerramientos estables de las terrazas. La modificación de esta ordenanza da respaldo al acuerdo en Comisión Informativa previa, en consonancia con la sesión plenaria del mes de enero de reducir al 50% por "pronto pago" o pago voluntario las sanciones, según se recoge en el artículo 54 de la Ordenanza Cívica. Se reconoce así tanto la responsabilidad del infractor, la renuncia a formular alegaciones y se finiquita el procedimiento sancionador quedando únicamente el recurso contencioso administrativo.

La medida obedece a reducir trámites administrativos agilizando el pago de multas y sanciones como ocurre en la ordenanza de Tráfico.