Un total de 22 municipios pertenecientes al Consejo Comarcal de Toro podrán acogerse a las ayudas del Plan de Fomento de Empleo Agrario, al que el Gobierno destinará 592.042 euros para sufragar los costes salariales de los desempleados que serán contratados, partida que este año se incrementa un 5%. Hasta el 12 de junio los Ayuntamientos podrán solicitar las ayudas para la contratación, durante un mínimo de 90 días, de parados preferentemente eventuales del régimen especial agrario, que se encargarán de ejecutar obras o servicios de interés general. El subdelegado del Gobierno, Jerónimo García Bermejo, presidió ayer la comisión provincial de seguimiento del Programa de Fomento de Empleo Agrario y entregó a los alcaldes del Consejo Comarcal de Toro la documentación y los criterios para solicitar las subvenciones del plan.

Durante la reunión celebrada ayer, García Bermejo destacó el incremento del 5% de la partida económica destinada por el Gobierno a este programa, después de algunos ejercicios sin variaciones, así como la posibilidad de incorporar a desempleados del Régimen General de la Seguridad Social, una vez que sean asignados los contratos a trabajadores eventuales del Régimen Especial Agrario, hasta completar los 109 contratos estimados para la convocatoria del presente ejercicio. Del mismo modo, la comisión acordó que los Ayuntamientos podrán tramitar las solicitudes de subvención, hasta el 12 de junio, por vía telemática para facilitar la gestión de las mismas, aunque también definió que las obras y, por tanto, el periodo de contratación de desempleados comenzará en julio y se prolongará tres o cuatro meses, aunque la pretensión es que los contratos duren un mínimo de 90 días. No obstante, la duración de los contratos puede ser ampliada, en función del número de desempleados acogidos al programa, su distribución y la tipología de las obras a ejecutar, extremos que la comisión valorará una vez conocidas las diferentes solicitudes y propuestas, aunque también estudiará la posibilidad de permitir el trasvase de trabajadores de un municipio o otro. Las obras a ejecutar no pueden ser de carácter habitual para no sustituir empleo local fijo y deben estar relacionadas con la mejora de las infraestructuras municipales, con el desarrollo del medio rural y con la conservación del patrimonio forestal y el medio ambiente.