El Consejo Territorial de Pesca de Zamora se reunió ayer de forma telemática bajo la presidencia de la delegada territorial de la Junta, Clara San Damián, para tomar conocimiento de forma oficial de la Orden Anual de Pesca de Castilla y León para la temporada 2021, que ya fue publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León sin novedades respecto a anteriores años.

El período y días hábiles en aguas trucheras en nuestra provincia se propone para aguas de acceso libre todos los días desde el sábado, 27 de marzo, hasta el sábado, 31 de julio, ambos inclusive, con algunas excepciones como es la fecha de apertura para la pesca de la trucha común que se retrasa la apertura al 1 de mayo en algunas aguas del río Forcadura y del arroyo Carambilla. En aguas no trucheras de acceso libre serán todos los días del año. En cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales y masas de agua en régimen especial, según su plan de pesca.

Las especies pescables son un total de 14 especies autóctonas, destacando entre ellas, la trucha común, especie declarada de interés preferente por la importancia ecológica y deportiva que esta especie reúne, y cuyo aprovechamiento piscícola mantiene un gran arraigo en una provincia de vocación rural como Zamora, especialmente en la cuenca alta del río Tera. Otras especies pescables de gran interés son los barbos, la tenca, las bogas, el bordallo, el piscardo y el carpín.

Las tallas autorizadas en las aguas de acceso libre (tanto trucheras como no trucheras) son de 18 centímetros para los barbos, 15 para las tencas, 10 para las bogas, mientras que en las especies más pequeñas como el gobio y piscardo son a partir de los 8 centímetros.

Los cupos autorizados en las aguas de acceso libre (tanto trucheras como no trucheras) para los barbos y las bogas son seis ejemplares de cada especie por pescador y día, salvo en los meses de mayo y junio para no perjudicar su etapa prerreproductora.

La gestión y control de especies exóticas invasoras a través de la pesca se propone como en años anteriores lo siguiente: la pesca de la carpa y del black-bass queda permitida en todas sus modalidades en las masas de agua incluidas en la Orden FYM/339/2019 por la que se aprueba la delimitación cartográfica del área ocupada por dichas especies.

Respecto al resto de ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras que pudieran ser capturados durante la acción de pesca, no podrán devolverse al agua. En este sentido, no se establece talla ni cupo de captura para dichas especies exóticas invasoras.

Asimismo, la captura del cangrejo rojo y del cangrejo señal estará permitida desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre en las masas de agua delimitadas mediante la Orden FYM/339/2019, salvo en los refugios de pesca, sin límite del número de ejemplares.

Por otro lado, se procedió a presentar a los miembros del Consejo los resultados de los muestreos piscícolas que efectúa el Servicio Territorial de Medio Ambiente para analizar la evolución interanual 2014-2019 de las poblaciones de trucha y de otras especies que pueblan los ríos zamoranos en el marco de las Redes de Vigilancia y Seguimiento establecidas.

La licencia de pesca debe obtenerse preferentemente a través de internet –en la página web de la Junta– o, si existen dificultades, llamando por teléfono al Servicio Territorial de Medio Ambiente donde darían cita previa presencial “en algunos casos justificados.

Siempre que se salga a pescar se deberá llevar una copia de la licencia de pesca por si es requerida por las autoridades competentes. En el caso de los permisos y pases de control bastará con el sms correspondiente a cada autorización en el teléfono móvil.