El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este jueves la orden de la Consejería de Economía y Hacienda que regula las medidas para garantizar la atención sanitaria de los escolares de la comunidad, y que recoge que cada centro debe tener un registro con los alumnos con problemas de salud.

La orden articula que la Consejería de Educación, una vez finalizado el periodo de matriculación, remitirá a la Gerencia Regional de Salud una memoria que refleje el número de alumnos y alumnas con necesidades sanitarias de forma permanente o continuada, especificando su patología de salud y los centros a los que pertenecen, sin perjuicio de que, a lo largo del curso escolar, dicho número pueda variar.

La Gerencia, previo análisis y valoración de la documentación recibida, formulará una propuesta de asignación de profesionales sanitarios a cada centro educativo, con indicación de su categoría profesional y la correspondiente valoración económica.

"Asimismo se incluirán las necesidades de equipamiento para una adecuada prestación sanitaria", detalla la orden.

Y a la vista de la propuesta, será la Consejería de Educación la que "resolverá y, comunicará a cada centro educativo el número y tiempo de atención de los profesionales sanitarios asignados".

La orden regula medidas para "proporcionar una respuesta educativa ajustada y eficaz al alumnado que presente necesidades sanitarias o socio-sanitarias, favoreciendo la equidad e inclusión educativa de calidad, así como la igualdad de oportunidades y calidad de vida de este alumnado".

Cada centro educativo, a través del director, deberá disponer de un registro de los alumnos con problemas de salud, así como de una ficha individualizada por cada alumno.

En esa ficha deben constar datos de afiliación del alumno y de sus padres, madres o tutores legales y teléfono de contacto de la familia; y se contará con un informe médico, actualizado, en el que se especifique el diagnóstico del alumno, y el tratamiento que precisa tanto farmacológico como no farmacológico.

Además, todos los centros deben tener un botiquín con una sería de requisitos, localizado en un lugar visible, preferiblemente sin llave y fácilmente transportable.

La orden regla además la atención educativa a los alumnos con trastornos graves de conducta, con cuatro niveles de respuesta, la educativa ordinaria, la específica dentro del centro, la específica en el aula de tratamiento y la excepcional, que puede llegar a la limitación temporal de acceso al centro educativo.