El Ayuntamiento de Bretó de la Ribera acaba de abonar una sanción de 1.500 euros al Servicio Territorial de Medio Ambiente por un vertido incontrolado de muebles, electrodomésticos, plásticos, ruedas, y escombros, entre otros restos, vertidos por desconocidos en una parcela de propiedad municipal.

La multa, qué según el alcalde de la localidad, Abilio Antonio Velasco, equivale a la mitad del presupuesto que el Ayuntamiento había destinado este año para el arreglo de caminos, es la tercera que el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona) impone al Ayuntamiento. El "cabreo" de la pequeña administración local porque "ni somos responsables de que la gente vierta en nuestra finca, ni el Seprona nos ha avisado nunca. Se ha limitado a denunciar".

El Ayuntamiento presentó alegaciones al expediente sancionador, sin éxito. En ellas no solo rebate que tuviera relación alguna con el vertido, sino que defiende que "el hecho cierto" es que este municipio como el resto de municipios, "es víctima de vertidos incontrolados en su territorio tanto por parte de sus vecinos como de forasteros, careciendo de medios para controlar tales actos y sufriendo una doble pena: la del abono de la sanción impuesta por el Servicio Territorial de Medio Ambiente más el coste de retirada de los vertidos".

El Ayuntamiento de Bretó explica que ha sufrido la imposición de sanciones por vertidos en fincas de su propiedad y, por ello, ha colocado cadenas para evitar el paso hacia una de las fincas que antaño se utilizaba como vertedero, amén de la campaña, año tras año, advirtiendo mediante edicto sobre la legalidad de realizar vertidos.

La cadena, según ha explicado el alcalde a este diario, es un elemento disuasorio. Junto a ella un cartel advierte y prohíbe entrar y arrojar cualquier tipo de vertido. Sin embargo "cualquiera puede sortearla y entrar sin ser vito", porque la zona está alejada del núcleo urbano.

"¿Qué puede hacer un Ayuntamiento? ¿Colocar día y noche un guardia en cada uno de los rincones del territorio municipal para controlar tales vertidos? ¿No sería esa la labor del Seprona? Y si la contestación a esta pregunta es que carecen de medios para ellos ¿no es más entendible esa carencia de medios en un Ayuntamiento que carece de competencias en la materia?", recogen las alegaciones.

El Ayuntamiento considera injusto y no ajustado a derecho el proceder del Servicio Territorial de Medio Ambiente porque los agentes del Seprona levantaron acta al ver diferentes muebles, electrodomésticos etc..., en una finca de titularidad municipal, "si bien, imaginamos que tales agentes no vieron a nadie realizar tal vertido ni presenciaron el hecho denunciado". Con todo, se supuso que el Ayuntamiento era el presunto responsable "por no cumplir con algún deber de vigilancia o no adoptar las medidas para evitar el vertido incontrolado de residuos".

A modo de resumen, las alegaciones defendieron que la infracción imputada, el vertido incontrolado de residuos, exige una conducta activa y no meramente pasiva de incumplir los deberes de vigilancia que no encaja en el tipo imputado, pero que además se niega. No existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia. El Ayuntamiento de Bretó se encuentra ante abandonos anónimos debidos a autores desconocidos realizados ilegalmente y sin autorización. Por último sostiene que el atribuir la responsabilidad derivada del incumplimiento de sus obligaciones de vigilancia al Ayuntamiento, podría ser exigible por elevación, al órgano medioambiental que instruye la denuncia, dado que no detectó el abandono de residuos.