El Ayuntamiento benaventano ha decidido plantar cara a la Dirección General de Telecomunicaciones después de más de seis meses de estancamiento de la modificación número 11 del Plan General de Ordenación Urbana de Benavente (PGOUB) y ha formulado alegaciones contra el informe desfavorable del organismo recordándole que su decisión no sería vinculante, y en cualquier caso, el rechazo a la modificación implicaría que Telecomunicaciones va contra sus propios actos jurídicos.

Un malentendido parece gravitar sobre un semestre de comunicaciones continuas a tres bandas entre la Dirección General, el Ayuntamiento y el Servicio Territorial de Cultura de la Junta de Castilla y León a cuenta del despliegue de servicios de telefonía y antenas en los entornos monumentales. El Ayuntamiento consultó a Telecomunicaciones sobre el despliegue en las zonas de afección de Bienes de Interés Cultural (monumentos protegidos). Telecomunicaciones, que inicialmente emitió un informe no vinculante, aunque posterioridad ha hecho notar lo contrario, ha terminado entendiendo que sería "desproporcionada" la protección a todo el ámbito del Plan General de Ordenación Urbana, cuando en realidad el Ayuntamiento solo ha realizado la consulta para los entornos de los cuatro BICs locales.

En las nuevas alegaciones el Ayuntamiento aclara esta cuestión: "no es desproporcionado proteger el patrimonio", aclarando que esta medida no tendría cabida en todo el ámbito de aplicación del Plan General.

"El Ayuntamiento de Benavente, considera que no es desproporcionada la normativa reguladora de su PGOU, porque la limitación no afecta a todo el municipio sino al entorno de monumentos, y sin prohibir de manera absoluta su instalación, sino tratando de evitar su visibilidad en los entornos de monumentos, y ello en el marco de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y de la protección de los valores arquitectónicos de los monumentos y sus entornos", sostiene.

Igualmente discrepa en la consideración de vinculante del informe de la Dirección General de Telecomunicaciones porque "nadie puede ir contra sus propios actos cuando lo realizado se oponga a los actos que previamente hubieren creado una situación o relación de Derecho que no podía ser alterada unilateralmente por quien se hallaba obligado a respetarla". Esto es así, mantiene el Consistorio, porque en este caso, la Dirección General de Telecomunicaciones, va contra sus propios actos ya que respecto al asunto consultado no le otorgaba al informe carácter vinculante y en esta ocasión sí se lo otorga.

Además observa que "la propia norma de telecomunicaciones, sitúa por delante la protección del patrimonio y la exclusión de la aplicación de la ley en edificaciones del patrimonio histórico, entendiendo, como no podía ser de otro modo, el patrimonio histórico como una competencia sectorial que excede de su competencia".