La ordenanza reguladora de la carrera del Toro Enmaromado de Benavente, la primera de estas características en la historia de las fiestas locales, se denominará finalmente Ordenanza Municipal del Festejo Tradicional del Toro Enmaromado e incluirá siete nuevos artículos, además de algunos cambios en los que ya estaban contemplados y aceptados con ampliaciones, reducciones o matizaciones al texto del último borrador.

El documento definitivo, cuyo borrador fue sometido a revisión y a debate a principios de semana en una reunión del equipo de Gobierno con las asociaciones taurinas y con profesionales, verá la luz a partir del día 26.

La Concejalía de Fiestas ya trabaja en el que será el contenido final del documento, que incluirá un artículo específico relativo al comeinzo de la carrera, otros dos artículos que blindan por un lado la protección de los astados frente al maltrato y a los excesos (el primero), y delimitan las obligaciones y prohibiciones que deberán afrontar corredores y espectadores durante el desarrollo del festejo (el segundo); y otro bloque de cuatro artículos de carácter mayormente jurídico.

En lo que tiene que ver con el blindaje de los bravos contra el maltrato, un artículo específico indicará con carácter general qué acciones estarán prohibidas durante la carrera en relación con los animales. En lo tocante a las obligaciones y prohibiciones que afectan a corredores y espectadores, otro artículo acotará los dos extremos. Esta parte de la reglamentación vendrá por otra parte a delimitar la responsabilidad civil de los participantes, tanto activos como pasivos, durante la carrera.

El último bloque de artículos está vinculado a los procedimiento sancionadores y explicitarán en el texto final desde las fórmulas alternativas a las sanciones, los casos de condonación de las anteriores, y las infracciones que puedan ser cometidas por menores de edad, hasta la correspondencia entre el importe de las sanciones con las prestaciones que podrán realizarse, en el caso de que en lugar de abonar multas los posibles infractores opten por lleva a cabo trabajos en beneficio de la comunidad.

El Ayuntamiento asume íntegramente la competencia sancionadora en todos los casos que contemplará la ordenanza reguladora, sin menoscabo de aquellos casos que puedan ser competencia de órganos supramunicipales, tal y como establece el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla y León. En todo caso, el régimen sancionador y las infracciones y su gradación no variarán con respecto al último borrador.

También se producen ligeras variaciones en las disposiciones finales. Eran tres en un prinicipio y se quedarán en dos. El equipo de Gobierno ha suprimido la que arbitraba la necesidad de contar con dos tercios de la Corporación para modificar esta ordenanza. El PP advirtió que si esa disposición se mantenía no apoyarían el texto, y el equipo de Gobierno ha decidido que esa discrepancia "no sea motivo para que el texto no sea consensuado".