La promotora del Edificio Mercantil tendrá que acometer un derribo parcial de la cubierta de los áticos de la calle Madrid. La Alcaldía emitió el viernes un decreto de demolición en vista del informe emitido por la Policía Local y por los Servicios Técnicos de Obras y Urbanismo.

Según este informe, tras la retirada de los andamios de la calle Ronda Madrid «se ha comprobado que la cubierta del último ático no se ha demolido según dispone la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León».

El decreto requiere a la promotora «para que en el plazo establecido para la ejecución de las obras, y siempre con carácter previo a la concesión de la licencia de final de obra, ejecute las obras conforme a la licencia concedida por este Ayuntamiento, y dando cumplimiento a lo estipulado en la sentencia citada».

El proyectista del edificio, Román Avila, aseguró que el aparejador municipal conocía desde un primer momento que «debido al paño que viene desde la calle la Rua» la cubierta sobre los áticos en la calle Ronda Madrid tenía un exceso de «entre 10 y 15 centímetros, el equivalente al grosor de las tejas» y «había autorizado verbalmente su mantenimiento, como ya recogía en su día el informe» del ex arquitecto municipal.

La concejala de Urbanismo, Meri Martínez, informó del decreto a la oposición durante una comisión informativa en la que el PSOE le pidió que se pronunciará sobre la ejecución del derribo. Martínez se ciñó al contenido de los informes técnicos.

En la comisión se dictaminó el pliego de condiciones que permitirá seleccionar un promotor para construir viviendas públicas y la aprobación definitiva del plan especial para cambio de uso para la implantación de un supermercado en las proximidades de la carretera de Orense. Izquierda Unida y el PSOE se abstuvieron.

Los votos del PP y de IU validaron la aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la ocupación de terrenos públicos con mesas y sillas. El Ayuntamiento ha desestimado dos alegaciones, una de ellas que reclamaba cambios en el horario, que fija la Junta; la ocupación de soportales, rechazada por ser zona de tránsito peatonal; y la aplicación del aforo de los locales al espacio de la terrazas, un criterio que no es aplicable en los espacios públicos, según la Concejalía de Urbanismo.