La comparecencia sobre el Parque Logístico de Benavente se extendió también a los estatutos, la participación en beneficios, los sueldos y las dietas. Un año y medio después de que el Pleno aprobase los estatutos del PLB, ayer se facilitó una copia a los medios informativos y otra de la escritura de subsanación. «Que quede absolutamente claro, transparente todo lo que ocurre en esta sociedad, porque es pública y todo está medido, todo es público y no hay nada que oculta», dijo el alcalde.

Según el consejero delegado, Natalio Camacho, los estatutos originales de la sociedad se firmaron en mayo de 2004 y la escritura de subsanación data del 29 de julio de 2004. El 3 de junio, la notificación de calificación del Registro Mercantil de Zamora señaló cuatro observaciones a los estatutos iniciales.

La primera establece que deben hacerse constar el valor de cada uno de los bienes aportados. La segunda, que la Junta debe convocarse mediante anuncio público en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia y no de la provincia. La tercera, que en segunda convocatoria bastará la representación del 25% del capital suscrito. Y la cuarta señala, «por lo que se refiere la retribución de los consejeros debe fijarse en el artículo 28 de los estatutos el concreto sistema retributivo de los consejeros, que podrá consistir en una cantidad fija o en una participación en los beneficios respetando el artículo 130 de la ley de sociedades anónimas, sin que sea posible establecer varios sistema alternativos».

«Esto quiere decir -explicó- que en ningún caso el Registro Mercantil obliga a suprimir la participación en los beneficios como sistema retributivo. Este es un sistema retributivo que se utiliza en las sociedades públicas. Habrá gente a la que le guste y gente a la que no le guste. Igual que habrá gente que le parezca el sueldo o las dietas que trabajan en determinadas sociedades sea alto o bajo, pero esto es así».

Tras indicar que a los cargos en sociedades elegidos por representación pública la Ley de Incompatibilidades no les permite el cobro de retribuciones salariales, y sólo admite el cobro de dietas, explicó que los cargos externos sí puede cobrar sueldo y dietas por son conceptos diferentes.

Tras referirse a las tendencias legales en relación con los cargos que ostentan representación pública, tendencias que según señaló están tendiendo más al sueldo que a la dieta, recordó que es diferente el estatus de los consejeros externos o profesionales, como es su caso. «Yo podría cobrar dietas, y de hecho las cobro» dijo, pero podría determinarse entre sueldo y dietas una subida de sueldo en el CTB y suprimir las dietas, vino a explicar.. «La posibilidad de que me suban el sueldo está abierta y se puede hacer», indicó en este contexto.

A renglón seguido significó que la registradora «no nos echa para atrás la participación en beneficios, que por otra parte se puso. Pero es que además eso lo suprimimos nosotros porque creíamos que era más claro el tema de sueldos y dietas. De hecho eso se suprime en la escritura de subsanación y complemento; lo suprimo yo como consejero delegado, ni siquiera hubo una consulta general porque no tenía la mayor trascendencia dado que todos los consejeros son cargos por representación pública y por tanto sea un sistema retributivo u otro no procede aplicar esa retribución Lo hicimos por voluntad propia no por imposición de nadie».

«Y esto -añadió- se hizo en julio de 2004. Por tanto, que a estas alturas salga toda esta historia de que se ha montado esta sociedad, de que estamos vendiendo a un precio determinado para que la sociedad dé unos beneficios enromes y aquí nos forremos todos, no viene a cuento por ningún lado». «O que sea ilegal o una situación escandalosa, para los que les gusta los pretendidos escándalos, tampoco».