El juez llega a cimentar su argumentación en la existencia en el expediente de un informe de los servicios jurídicos de Educación que afirma que "no hay criterios públicos y fijos para la denegación de las comisiones" de servicios "y que deberían constar en las bases de las convocatorias" de ese tipo de plazas. Este reconocimiento de los técnicos de la Junta sirve al magistrado del Juzgado Contencioso de Zamora para asegurar que "este problema ya se ha planteado en más ocasiones y que no son nuevos los problemas que la falta de publicidad de los criterios de admisión o denegación" de esos destinos especiales han ocasionado.

Y, aunque estima parcialmente la demanda del profesor zamorano porque la Junta alega que no hay plazas vacantes de su especialidad, vuelve a dar un varapalo a la Junta al indicar en la sentencia que no comprende la razón por la que "no se especifica este motivo". Es la única circunstancia objetiva que se alude en el procedimiento judicial, pero no se recoge en las resoluciones recurridas de junio y septiembre de 2017 sobre la no concesión de la plaza, "por lo que no parece que este sea el motivo", estima el juez.

Se deniega "por exclusión" la plaza en junio sin que conste la motivación o explicación de la concesión a unos aspirantes y la denegación a otros, de modo que desde el primer momento", subraya la sentencia, "se desconocen por completo las razones" que llevan a dejar al zamorano sin esa plaza y "la forma en que se ha tratado el resto de solicitudes".