El reconocimiento de la deuda por parte del Juzgado Contencioso no obedece a la existencia de un contrato que obligara al Ayuntamiento de Galende a pagar el servicio de mantenimiento de las depuradoras del Parque Natural del Lago de Sanabria, sino al "empobrecimiento injusto" que pudo sufrir la empresa encargada de esta tarea, Isolux Corsan, por ofrecer un servicio sin percibir ningún pago. Una circunstancia que para el Ayuntamiento se traduciría en "enriquecimiento injusto" por no haber pagado. Es por ello que el juez reconoce la deuda de Galende con Isolux y aunque "no consta que haya habido siquiera un encargo, compromiso o acuerdo", ni vínculo entre ambas partes para la prestación del servicio de mantenimiento de las depuradoras, indica la sentencia. Solo existe un contrato de la Junta de Castilla y León con una empresa diferente para ejecutar las obras, ponerlas en marcha y explotar las depuradoras, tareas que recayeron en la sociedad que reclama la deuda.