El Catastro ha admitido que terrenos recalificados por el Plan General de Urbanismo (PGOU) de la capital pero que en realidad están dedicados a la agricultura deben ser considerados rústicos, y no urbanos como se encuentran en estos momentos. Así lo reconoce al haberse allanado con respecto a las pretensiones de la Junta Agropecuaria Local de Zamora y un grupo de particulares que habían presentado un recurso contra la calificación de las tierras como urbanas. En estos momentos los abogados que han llevado el caso están estudiando la posibilidad de que otros propietarios de terrenos que en su día no recurrieron la recalificación o que se cansaron de pleitear contra la Administración puedan hacer extensivo esta consideración de las tierras, lo que supondría un asunto de gran calado en el término municipal de la capital, donde se recalificaron nada menos que 800 hectáreas. Aunque el Ayuntamiento permitió la exención de un 90% del IBI para estos casos, los terrenos siguen siendo urbanos y por tanto su valor catastral sigue vigente a otros muchos efectos, como por ejemplo, una herencia o una compra venta, lo que encarece los impuestos a unos niveles insoportables para unos terrenos en realidad agrícolas.

El presidente de la Junta Agropecuaria Local de Zamora, Rubén Carretero, explica que la Junta Agropecuaria Local ya mostró su postura contraria al "urbanismo desmesurado y lo excesivo de la recalificación de 800 hectáreas" determinada por el PGOU. En 2012 entró en vigor la renovación catastral para los terrenos afectados, lo que tuvo como consecuencia un incremento medio mayúsculo para estas tierra que Carretero calcula "subió 200 veces. Es decir, lo que antes valía un euro ahora vale 200" por una simple razón, porque para su valoración no se tenía en cuenta su rendimiento agrario, sino urbanístico. La reacción de los afectados fue inmediata, recuerda Carretero: "Cuando la gente recibió la notificación nos echamos a la calle, porque entre otras cosas el IBI se elevaba a 600 euros pro hectárea".

Empezó también un largo rosario de alegaciones, primero a la ponencia de valores, luego con la interposición de un recurso ante el Tribunal Administrativo Regional, que resultó fallido para los intereses de los propietarios de tierras y por último al Tribunal Contencioso Administrativo regional, con sede en Valladolid. Este órgano judicial "ni siquiera ha tenido que establecer un fallo", por la simple razón que el Catastro se allanó en las pretensiones de los reclamantes, al reconocer que es de aplicación una sentencia del Tribunal Supremo del 14 de mayo de 2014 que falló a favor de otra del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura para un caso similar al que se da en Zamora.