La Corporación del Ayuntamiento de Puebla aprobó en sesión plenaria, con el voto a favor del grupo socialista y la abstención del grupo popular, el nuevo texto de la "Ordenanza municipal de aparcamiento, uso de vías públicas, circulación y seguridad vía" abordado en la sesión plenaria celebrada el pasado jueves.

La moción presentada por el alcalde, José Fernández Blanco, considera necesaria la repetición del trámite de información y publicación en el Boletín de la Provincia, al introducirse modificaciones esenciales en el texto, y abrir un nuevo plazo de reclamaciones o sugerencias, que resolverá la corporación.

Las alcaldía ha dado contestación a las alegaciones, agrupadas en diecisiete categorías, que en unos casos se han admitido total o parcialmente y en otras se han rechazado.

La primera alegación modificará el articulado para precisar que la ordenanza afectará a las "vías de titularidad municipal", y una segunda sobre el cumplimiento del control de aparcamientos de residentes en las zonas reservadas, se realizará mediante expedientes sancionadores.

A los residentes en la calle Costanilla no se le concede acreditaciones para aparcar en zona reservada.

La nueva redacción se elimina esta referencia y se remite a la Ley de Tráfico y Circulación al ser una vía de doble sentido de circulación y no se puede aparcar.

En las reuniones entre la corporación y residentes y empresarios se mantuvo el compromiso de ampliar el número de aparcamientos ya existentes en las calles La Cárcel, plaza de Armas, paseo San Román, plaza del Arrabal y calle Serradora entre otras, y se tendrá en cuenta en las revisiones de las Normas de Planeamiento Urbanístico.

Dada la concentración de establecimientos comerciales en la zona, se facilitará la carga y descarga de repartidores y clientes, compaginando estas actividades con la circulación fluida.

En cuanto al trato discriminatorio para los propietarios de segundas residencias en el Casco Histórico, señalado en la alegación cuarta, se solventará con una tarjeta por vivienda, con independencia de si es una residencia de verano o no y de si sus titulares son personas empadronadas en esta vivienda o en otro municipio.

La ordenanza establecerá dos aparcamientos para minusválidos, en la quinta alegación admitida, ya que en la anterior redacción no se contemplaban, que en la propuesta municipal se ubican en la Revuelta Peporro y en la alegación que presentará el grupo Popular desplaza una de ellas a la plaza Mayor.

Se desestima la sexta alegación ya que se mantiene el permiso de circulación por el casco antiguo lo que no agrava el desplazamiento de las personas mayores y con dificultades de movilidad en esta zona. La alcaldía sí establece la confusión entre circular, que está autorizado, y estacionar que sí está prohibido.

Los problemas planteados en la séptica alegación presentada a la ordenanza reguladora, referida para la familia con varios coches o que quieran ceder su plaza a un familiar, se solventa con la supresión del número de matrícula del vehículo de la tarjeta.

El acceso a los establecimientos públicos y las posibles pérdidas económicas por no tener acceso a ellos y la pérdida de valor de las viviendas "no existe relación causa-efecto entre las prohibiciones de estacionamiento y esas potenciales pérdidas", como figura en la novena alegación.

La moción subraya que 40.000 visitantes accedieron al castillo de Puebla a lo largo del pasado año.

El acceso a los servicios religiosos se incluye en la nueva redacción de la ordenanza que contempla el estacionamiento durante el oficio, cuando esté en vigor la prohibición de estacionar. La alegación que se desestima, por retórica, es la prioridad de que los turistas hagan fotos o la comodidad de los residentes.

En el apartado de carga y descarga, como decimosegunda alegación, se elimina la delimitación por zonas, se unifica el horario de carga y descarga y no será necesaria autorización previa para realizar el correspondiente reparto.

Las alegaciones en cuanto a los periodos solicitadas por los vecinos en el ámbito de la Plaza Mayor se admite parcialmente y se establece en Semana Santa, los fines de semana desde Semana Santa hasta el 30 de junio y el periodo de verano desde el 1 de julio al 30 de septiembre. Para la Alcaldía no cabe discriminación constitucional ya que "debería estar prohibido prohibir aparcar" con carácter general.

Se rechaza la pregunta de si existe informe técnico que justifique la prohibición de estacionar por posibles daños en los monumentos. El Ayuntamiento no contempla la creación de zonas de estacionamiento limitado porque es de difícil aplicación aunque "es una posibilidad que queda abierta de cara a futuras revisiones de esta norma".