Centrales hidroeléctricas
El Ministerio toma medidas para evitar que la extinción de la presa Villalcampo caduque por segunda vez
Dominio Público suspende los plazos hasta que se pronuncie el Consejo de Obras Públicas

Visita a la central de Villalcampo dentro de las actuaciones del proceso de extinción, el pasado febrero / Cedida

El expediente de extinción de la concesión de las centrales hidroeléctricas de Villalcampo I y II está ya pendiente del informe del Consejo de Obras Públicas, organismo que cuenta con un plazo de tres meses para emitir su informe, si bien el tiempo que tarde en resolver no se computará a efectos de plazos legales, con el fin de evitar la caducidad del procedimiento, que fue con lo que dio al traste con el primer intento de cesar la gestión de Iberdrola sobre la presa.
Se trata de un acuerdo comunicado por el subdirector general de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras mediante el cual se suspende el plazo máximo para resolver y notificar el expediente de extinción del derecho a un aprovechamiento hidroeléctrico en las centrales de Villalcampo I y II, otorgado por Real Derecho ley de 23 de agosto de 1926. El plazo legalmente marcado es de 18 meses y de lo que se trata es que durante el tiempo en el que el expediente se encuentre en el Consejo de Obras Púbicas el plazo se paralice para evitar que caduque, como ya ocurrió en una primera ocasión.
La historia
La concesión primitiva se otorgó por Real Decreto de 23 de agosto de 1926 a la Sociedad Hispanoportuguesa de Transportes Eléctricos Saltos del Duero, para un aprovechamiento hidroeléctrico de aguas públicas a derivar del río Duero, en la parte española del proyecto Ugarte, en el término de Villalcampo.
El 28 de abril de 2025 la Confederación Hidrográfica del Duero acuerda la incoación del expediente de extinción del derecho al aprovechamiento de aguas, motivado por el transcurso del plazo concesional de 75 años.
Con fecha 30 de julio de 2026 tiene entrada en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la propuesta de resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero para declarar la extinción por caducidad del aprovechamiento de aguas.
El Ministerio a su vez eleva el expediente al Consejo de Obras Públicas, de acuerdo a lo que determina el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Y suspende el plazo máximo para resolver el expediente durante el tiempo en que este permanezca en el Consejo de Obras Públicas. El fin es que este organismo “disponga del tiempo preciso para evacuar su informe sin el riesgo de que el tiempo empleado ocasione la caducidad del procedimiento tramitado” por superar los 18 meses que establece la Ley de Aguas.
La suspensión se mantendrá mientras el consejo de Obras Públicas emita su informe en un plazo máximo de tres meses.
Antecedentes
Y es que el asunto de la caducidad es un riesgo que ya ha dado al traste con todo este proceso en una primera ocasión. De hecho La explotación de las centrales hidroeléctricas Villalcampo I y II continua, por el momento, en manos de Iberdrola, sin revertir al Estado, al caducar el procedimiento de extinción del derecho de aprovechamiento de las aguas del Duero para uso hidroeléctrico que se había iniciado en octubre de 2021. A pesar de las prórrogas concedidas, hasta prolongar de 18 a 39 meses el procedimiento, es tal la complejidad del expediente que no ha sido posible resolver en el plazo establecido, que concluía en enero de 2025.
Esta caducidad conllevó el archivo de las actuaciones realizadas desde que comenzó el procedimiento de extinción de la concesión de la central hidroeléctrica de Villalcampo, que cumplió 75 años el pasado 10 de octubre de 2024 desde su cesión a Iberdrola. Con este proceso arrancaba un inédito procedimiento de extinción de los derechos concesionales sujeto, en muchos casos, a la condición de que las instalaciones revertirían al Estado, como es el caso de la explotación de Villalcampo.
Villalcampo es importante porque va a marcar el camino que van a seguir una cascada de extinciones de derechos de concesión de centrales hidroeléctricas en todo el país.
El hecho de que esta central se encuentre en plena explotación hacía necesaria la continuidad de la actividad tras la caducidad de los derechos. Oficialmente, hay que iniciar los procedimientos de extinción, reversión y nuevo concurso de los aprovechamientos hidroeléctricos. Un proceso complejo e inédito que no ha sido posible llevar a cabo, pese a las prórrogas.
Y precisamente este segundo procedimiento de extinción es el que está en marcha ahora.
El acuerdo de suspensión del plazo máximo para resolver el expediente ha sido comunicado a la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero, a Iberdrola Generación (titular de la central), a las asociaciones de municipios con embalses, los ayuntamientos de Villalcampo, Muelas del Pan, Pereruela y Moral de Sayago, además de otros particulares y asociaciones personados en el procedimiento, que luchan porque la extinción de la concesión llegue a buen fin y la renovación con el mismo u otro gestor se produzca con mayores ventajas para los municipios afectados.
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