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Sucesos

La muerte al sol de un perro atado cuesta un año de cárcel al dueño y la prohibición durante dos años de tener o trabajar con animales

La zona en la que fue hallado el can en pleno verano carecía de sombra y de condiciones higiénicas adecuadas

Un perro abandonado.

Un perro abandonado. / LOZ (Archivo)

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La muerte de su perro a causa del mal estado en el que lo mantenía su dueño, atado al sol en pleno verano, el 23 de julio de 2024, con una cadena demasiado corta para que pudiera cobijarse de las altas temperaturas acaba de costar la condena a un año de prisión al dueño del animal doméstico, si bien el zamorano imputado entrará en la cárcel al admitir que es autor de un delito de maltrato animal muy grave y llegar a un acuerdo con la Fiscalía de Zamora minutos antes de celebrarse el juicio en la sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Zamora, según ha podido saber este diario. La condena incluye la prohibición durante dos años de tener animales y de desempeñar oficio o actividad de comercio con estos.

El perro estaba en una finca situada en la comarca de Sanabria de forma permanente, sin que existiera una caseta o lugar como refugio, donde se le recogiera cuando las inclemencias del tiempo lo requerían, ni el can disponía de una cadena de suficiente longitud como para que pudiera resguardarse del sol. Esta circunstancia terminó por debilitar la salud del animal, de tamaño grande y de raza, que acabó por morir asfixiado por su exposición al sol.

Malas condiciones higiénicas

A esta forma de maltrato, se suma las circunstancias higiénicas y sanitarias del can, que tenía que defecar y orinar alrededor en un radio de acción tan pequeño que los excrementos acababan cerca de los cuencos de la comida y del agua. Este trato tampoco ayudó a que el perro pudiera mantenerse saludable al no estar en condiciones adecuadas para vivir sin estar expuesto a plagas y enfermedades consiguientes que redundarían en una salud precaria.

La investigación judicial concluyó que existía un delito de maltrato animal muy grave, al causar con su comportamiento y la falta de cuidados adecuados, por el que la legislación establece multas administrativas que oscilan entre los 50.000 y 200.000 euros, además de penas de cárcel que van desde los tres meses a los dos años en función de si se causa una lesión grave o la muerte al animal.

La Ley de Maltrato Animal contempla la inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales en una horquilla que oscila entre los dos a cuatro años. En este caso, la Fiscalía aplicó la atenuante de reconocimiento del delito, lo que permitió dejar las penas en las mínimas establecidas en el artículo 340 bis del Código Penal para el procesado por causar la muerte del animal, quien no tendrá que entrar en la cárcel al suspenderse la pena con la condición de que no vuelva a cometer un delito de cualquier naturaleza en el plazo de la condena, en caso contrario cumpliría este año de cárcel y el que se le imponga por la nueva infracción penal cometida.

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