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CLUB LA OPINIÓN-EL CORREO DE ZAMORA

¿Puede una comunidad de vecinos prohibir un piso turístico? La respuesta, este jueves en el Club La Opinión

El magistrado del Tribunal Supremo, Manuel Almenar Belenguer, abordará la problemática en el paraninfo del Colegio Universitario el jueves 21 de mayo a las 20.00 horas

Bloque de viviendas de uso turístico en la ciudad de Zamora. | MIGUEL ÁNGEL LORENZO (ARCHIVO)

Bloque de viviendas de uso turístico en la ciudad de Zamora. | MIGUEL ÁNGEL LORENZO (ARCHIVO)

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Zamora

¿La comunidad de propietarios puede prohibir el uso turístico de las viviendas? Esta es la cuestión que centrará el último club de LA OPINIÓN-EL CORREO DE ZAMORA de este curso. La cita, que se celebrará en el paraninfo del Colegio Universitario este jueves 21 de mayo a las 20.00 horas, contará con el magistrado del Tribunal Supremo, Manuel Almenar Belenguer.

En su charla, que lleva por título "La problemática de la propiedad horizontal y los pisos turísticos", Almenar pondrá el acento en el posible conflicto de convivencia, legal y económico, que puede surgir en los edificios de vecinos cuando algunos pisos se destinan al alquiler vacacional.

Durante la charla se hará especial hincapié en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) por la que se rigen las relaciones entre propietarios de inmuebles que comparten elementos comunes, basándose en el Código Civil y la Ley 49/1960. Normativa que ha sufrido nueve reformas y en las que se detalla los roles y las responsabilidades de los cargos de la comunidad, como el presidente, el administrador y el secretario. Asimismo, establece los derechos de uso y modificación de los propietarios, así como obligaciones de conservación y respeto por las zonas comunes.

En concreto, desde el mes de abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal establece que el alquiler turístico está prohibido por defecto en edificios en régimen de propiedad horizontal, salvo autorización expresa de la comunidad de vecinos. De este modo, apunta, que es necesario una mayoría de 3/5 del total de propietarios y cuotas para aprobar su inicio.

El magistrado del Tribunal Supremo detallará lo que dice la ley en cuanto a las Viviendas de Uso Turístico (VUT), desvelando al público de Zamora cualquier duda sobre el marco regulatorio.

La conferencia de este jueves 21 de mayo cerrará el curso del Club LA OPINIÓN-EL CORREO DE ZAMORA.

Trayectoria

Manuel Almenar Belenguer es licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia. Ingresó en la carrera judicial por oposición en 1989 y sirvió en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Sagunto, y, ya como magistrado, en los Juzgados de lo Penal número 2 y de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Pontevedra, hasta que en enero de 2002 fue nombrado presidente de la Audiencia Provincial de Pontevedra y de su Sección Primera, con competencia en materia civil y mercantil.

Elegido vocal del Consejo General del Poder Judicial en septiembre de 2008, a la finalización de su mandato en diciembre de 2013 se reincorporó a la Audiencia de Pontevedra como presidente de la Sección Primera, destino en el que permaneció hasta su designación para el alto tribunal. Ha sido miembro de la Red Judicial Española de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil y mercantil y representante español en el Consejo Consultivo de Jueces, órgano asesor del Consejo de Europa en materia de Justicia (2002/2008).

Profesor de la UNED y, entre 2000 y 2008, coordinador del área de derecho procesal de la Escuela de Práctica Jurídica del Colegio de Abogados de Pontevedra, ha participado en numerosas actividades de formación en el ámbito nacional (CGPJ, Colegios profesionales, Fiscalía y Universidades) e internacional (elaboración y aplicación de módulos instruccionales para jueces en Centroamérica, en el marco del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo). En 2001, el Colegio de Abogados de Pontevedra le nombró Colegiado de Honor. Además, es autor de monografías, colaboraciones en obras colectivas y artículos en revistas.

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