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Salud

El Procurador del Común da la razón a una familiar a la que se prohibió visitar a un paciente

El hospital Virgen de la Concha tiene normativa respecto a la presencia de acompañantes

Zona de consultas externas del hospital Virgen de la Concha de Zamora

Zona de consultas externas del hospital Virgen de la Concha de Zamora / J.N.

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Carlos Gil Andrés

Carlos Gil Andrés

Zamora

El Procurador del Común ha dictado una resolución en la que da la razón a la familiar de un paciente a la que se pusieron pegas para realizar una visita, ya que la profesional encargada del control de acceso interpretó que estaba aún vigente la normativa que se puso en marcha durante el Covid.

La situación que dio lugar a la queja ocurrió en octubre de 2024 cuando un hombre ingresa por urgencias y a la familia se le entrega un pase para poder entrar al hospital Virgen de la Concha a visitarlo. Sin embargo, la persona encargada del control de acceso se negó a que entraran dos visitas y solo permitía una.

Los familiares esgrimieron la normativa vigente en el hospital, publicada en su web, en la que se permite dos visitas por paciente. Sin embargo, la celadora se remitió a otras normas, colocadas en una columna del centro con la Orden SAN /295/2020, medidas extraordinarias durante la vigencia de la pandemia.

De este suceso se originó la queja, respondida por el Procurador del Común en el sentido de que el hospital debe tener una normativa que permita las visitas a los pacientes, con las lógicas restricciones, siempre motivadas, al tratarse de un centro sanitario.

Normativa

Sin embargo, el hospital Virgen de la Concha tiene perfectamente previsto el régimen de visitas a los pacientes, publicado, efectivamente, en su página web para conocimiento público. "No se permitirá más de dos visitas por paciente. Usted puede desear un número mayor de acompañantes, pero debe comprender que un hospital no puede permitir un número indiscriminado de visitas. Asimismo, en los casos en que se estime imprescindible, se podrán restringir las visitas siempre con el fin de proteger los derechos de los pacientes ingresados. Recuerde que "no deben visitarle niños menores de 12 años".

La normativa ruega a las visitas que respeten "al personal sanitario que allí se encuentra trabajando, y que en caso de que precise información sobre las características del hospital o ubicación de servicios, se dirija al personal situado en el acceso principal o en el acceso de urgencias dispuesto para tal fin".

Cuando no sea posible permanecer dentro de la habitación del enfermo durante cortos periodos de tiempo, "es preferible que las visitas esperen el momento de poder entrar de nuevo en las zonas de estar del Hospital. No es conveniente que se permanezca ocupando los pasillos, pues pueden interrumpir al personal que está trabajando o en caso de urgencias".

La estancia de las visitas en el hospital "debe cumplir el fin de reconfortar al paciente sin por ello resultar molestas para él o para otros pacientes. Para ello, procuren hablar en voz baja, eviten comentarios que puedan perturbar a su familiar o a otros pacientes, no traiga alimentos ni medicamentos sin antes consultar al personal sanitario y procure, cuando esto sea posible, utilizar las salas de estar para los momentos más distendidos".

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