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El TSJ confirma la absolución de un acusado de agresión sexual en Zamora

El tribunal rechaza el recurso de la defensa y ratifica la decisión de la Audiencia Provincial

Juicio contra el joven que resultó absuelto de agresión sexual el pasado septiembre

Juicio contra el joven que resultó absuelto de agresión sexual el pasado septiembre / JOSE LUIS FERNANDEZ

Carlos Gil Andrés

Carlos Gil Andrés

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la absolución de un joven acusado de agresión sexual por una joven con la que mantuvo relaciones, por estimar que no hay pruebas de que el encuentro entre ambos se produjera sin consentimiento.

El relato de hechos se inicia sobre las 9 de la noche del día 18 de enero de 2024. El acusado se encontraba con unos amigos en un bar de Zamora en el que habían quedado para jugar unos dardos. Hasta allí se acercaron dos amigas y todos juntos se fueron posteriormente a cenar.

Tras la cena se dirigieron a Los Bloques a pasear al perro de uno de los amigos, momento que aprovecharon una de las jóvenes y el acusado para separarse del grupo. Se sentaron en un banco, donde estuvieron besándose y abrazándose. De allí vuelven con los amigos a un bar, donde siguen los besos y abrazos, hasta que el grupo se retira a casa a medianoche y la pareja queda sola.

Sobre las dos de la madrugada, cuando el chico acompañaba a la chica a su domicilio, y pese a que ambos habían hablado de no mantener relaciones esa noche, pararon en el parque de La Horta, donde, apoyados en una piedra, intentaron mantener relaciones sexuales sin llegar a conseguirlo.

Una vez llegaron al portal de la vivienda de la chica, el acusado la cogió en brazos y perdió el equilibrio, cayendo está al suelo, sin que haya quedado acreditado que en el portal le introdujera los dedos en la vagina, ni que lo hiciera sin su consentimiento.

El lunes por la mañana la chica acudió al servicio de urgencias, donde aprecian lesiones consistentes en erosión de aproximadamente 1 centímetro en introito vaginal y otra erosión en cara lateral derecha de vagina, ambas en proceso de resolución, lesiones que precisaron para su sanación una primera asistencia facultativa con exploración ginecológica y ecografía, y que tardaron en curar cinco días. No quedó acreditado que las lesiones tuvieran su origen en una agresión.

Tampoco quedó acreditado que en el transcurso de los hechos descritos la chica estuviera afectada por el consumo de sustancia alguna, ni que el acusado hubiera intentado penetrarla sin su consentimiento, aprovechándose de dicha circunstancia. No ha quedado tampoco acreditado que la sintomatología aguda compatible con trastorno de estrés postraumático que presenta la joven tenga su origen en los hechos denunciados.

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