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Indemnizan con 1.800 euros a un padre zamorano al que se discriminó por ser hombre y se denegó el complemento de maternidad en la pensión

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León critica que la Seguridad Social fuerce a los varones "a reclamar judicialmente este derecho"

Un juego con una toga

Un juego con una toga / EP

R. G.

Un zamorano acaba de conseguir que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León obligue a la Seguridad Social a indemnizarle con 1.800 euros como consecuencia de la discriminación a la que, a juicio de los magistrados encargados del caso, fue sometido por el mero hecho de ser hombre. El demandante había solicitado el complemento de maternidad de la pensión. Un suplemento al que tenía derecho pero que el Instituto de la Seguridad Social no le concedió hasta que no acudió a los tribunales.

En el relato de hechos probados que se cita en la sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se asegura que el hombre se jubiló en el año 2018. Fue entonces cuando se le concedió el derecho a recibir una pensión contributiva de 605,49 euros mensuales. En ese momento el zamorano era padre de dos hijos: un niño y una niña. La Seguridad Social le denegó, no obstante, el complemento de maternidad y le obligó a acudir a la vía administrativa para conseguir esos 37,4 euros mensuales a los que tenía derecho como complemento a la pensión.

El juzgado de lo Social de Zamora ya reconoció en un primer momento tanto el derecho del demandante a recibir el complemento como la obligación de la Seguridad Social de pagarle una indemnización por daños y perjuicios de 1.800 euros. Pero la Seguridad Social decidió recurrir alegando que no había discriminado al zamorano por ser hombre.

Ahora el Tribunal entiende que sí fue discriminado. "La práctica denegatoria de la administración del complemento forzando a los varones a reclamar judicialmente el derecho supone una nueva discriminación a estos ya que les obliga a pleitear para conseguir un complemento que tras la sentencia de 2019 del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea se les debió conceder sin más", apuntan los jueces. Este fallo citado por los magistrados establece que el complemento de maternidad de las pensiones españolas es discriminatorio ya que en su momento se concedía solo a mujeres y solo si tenían dos o más hijos. El tribunal europeo determinó entonces que los hombres en idéntica situación tenían también derecho a este complemento.

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