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La Junta Electoral de Zamora declara ilegal la inauguración del consultorio de Madridanos

Da la razón a UPL y entiende que no se debió publicitar la apertura del edificio, porque es publicidad para un partido en las elecciones

Inauguración del consultorio médico de Madridanos, un acto ilegal de campaña electoral.

Inauguración del consultorio médico de Madridanos, un acto ilegal de campaña electoral. / Cedida

Carlos Gil Andrés

Carlos Gil Andrés

La Junta Electoral Provincial de Zamora considera ilegal el acto de inauguración del consultorio médicos de Madridanos promovido y difundido por la Diputación por estar expresamente prohibido en la normativa electoral. Da la razón así a la denuncia de la Unión del Pueblo Leonés (UPL) y requiere a la Diputación de Zamora a que "ordene la retirada inmediata de cualquier noticia o publicidad que aparezca en sus webs oficiales referidas al acto protagonizado por el presidente de dicha institución en Madridanos" el 6 de febrero.

También requiere "a los cargos públicos implicados para que se abstengan de realizar actos de naturaleza similar hasta la finalización del proceso electoral" y les amenaza con una multa de 300 a tres mil euros si "incurren nuevamente en este tipo de conductas".

La Junta Electoral establece que "la neutralidad de todos los poderes públicos durante los procesos electorales constituye uno de los instrumentos legalmente establecidos para hacer efectivo el sufragio igualitario en la elección de los representantes parlamentarios".

Este principio extiende las prohibiciones a todos los poderes públicos, estatales, autonómicos o locales "con independencia del proceso electoral convocado, de manera que el principio de neutralidad sea absoluto"

A partir de la convocatoria de elecciones los poderes públicos no pueden "organizar o financiar, directa o indirectamente, actos que contengan alusiones a las realizaciones o los logros obtenidos o que utilicen imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades públicas concurrentes a las elecciones".

Y está prohibido también "la realización de cualquier acto de inauguración de obras y servicios públicos o proyectos de estos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo".

Ilegalidad

Es decir, el consultorio de Madridanos si se puede abrir en periodo electoral, pero no se puede hacer un acto de inauguración, porque sería una promoción para un partido concreto, en este caso el PP que es quien gobierna la Diputación y al que pertenece su presidente, Javier Faúndez.

Por tanto la Junta Electoral "considera que el acto denunciado infringe directamente lo dispuesto (en la legislación), acto al que acudió el presidente de la Diputación y otras autoridades locales y provinciales y en el que ponían en valor las obras del consultorio médico de la localidad, la inversión realizada por la Institución Provincial y la inauguración próxima tanto del consultorio médico como del nuevo salón de plenos".

Esta actuación "se encuentra expresamente prohibida por ley, sin que pueda servir de excusa (como alega el PP) que ellos no son responsables de las noticias que aparecen publicadas en los medios de comunicación", ya que fue la Diputación la que convocó e informó a la prensa y la noticia apareció tanto en los medios de comunicación locales como en la web de la institución.

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